Tienen fecha de caducidad las deudas

Mi situación actual es muy complicada, monte un comercio hace unos años, ademas pedí algún crédito con el banco, debido a esta nefasta situación del país, tuve que cerrar con muchas perdidas, lo perdí todo, ahora no tengo ningún bien, ni nada, me llegan cartas a casa de mis padres citaciones con el juzgado por proveedors, que deje adeber y al banco, pero que lastima, no tengo casi ni para comer, solo por lo que me ayuda mi familia, no consigo un trabajo digno, creo que podría ahora a aspirar a un trasbajo de un misero sueldo de 500 e., pero mi pregunta son las siguientes,¿tienen fecha de caducidad todas estas deudas que tengo? Y ¿Me ingresan los 500 e. En una cuenta, me los embargarían? Porque no tengo otra cosa ¿podre volver a rehacer mi vida desde cero teniendo un contrato de trabajo y con una cuenta en el banco?

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Antes que nada siento mucho la situación en la que se encuentra y le deseo que pueda superar estas adversidades y pueda salir adelante
Las deudas tienen un plazo general de prescripción de 15 años, cualquier reclamación durante este tiempo interrumpe el plazo y hace contar uno nuevo de 15 años
Respecto a la cuestión del embargo, el salario mínimo es inembargable (640 euros), la cantidad que exceda de esta cantidad solo es embargable en parte
Eso si, no puede tener dinero ingresado en su cuenta, debe ir sacándolo conforme cobre

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