Duda embargo judicial cuentas bancarias

Hace dos días me notificaron en el trabajo que me ha llegado un embargo de unas deudas que tengo pendientes. Hasta ahí correcto. ¿El tema es que ahora acabo de revisar mis cuentas bancarias y veo que me han echo un embargo judicial de lo que quedaba en mi cuenta que era 160?, los cuales tenia para acabar de pasar el mes. La pregunta es, ¿puedo reclamar estos 160? También quería que me resolvieras la siguiente duda, ¿me van a retener inmediatamente todo el dinero que entre en la cuenta? ¿O tengo un plazo de tiempo para poder retirarlo?

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El salario mínimo (633 euros mensuales) es inembargable y el embargo que exceda de dicha cuantía es nula
Debe procurar que no haya saldo en su cuenta e ir retirando el salario conforme lo cobre
Si no le da tiempo y le embargan por cantidad superior a esta cuantía podrá impugnar el embargo y solicitar su nulidad por recaer sobre cuantía inembargable
Es decir, que cuando me ingresen la nomina, con su parte ya embargada, no pueden retenermela ya que ya me han embargado lo que les tocaba, ¿no? De todas maneras tengo que retirar el dinero lo antes posible para evitar problemas, ¿no? Entonces los 160 euros que tenia en la cuenta para acabar de pasar el mes y que era parte de la nomina, ya que no tengo más ingresos a parte, ¿no los puedo reclamar?
Efectivamente si ya le han embargado de la nómina la parte correspondiente no pueden embargarle en la cuenta el resto de la nómina
La cantidad que se le ha embargado puede reclamarla al juzgado acreditando que era parte de esa nómina y que ya está embargada hasta el límite legal
Debe sacar el dinero de la cuenta, pues si lo deja ahí puede confundirse con ahorros y proceder a su embargo
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