Segunda denuncia por impago de pensiones

Estoy separada legalmente, tengo una sentencia firme de la Audiencia Provincial sobre pensión compensatoria y de alimentos.
Llevo cinco meses sin cobrar mi pensión compensatoria y este mes, mi hija que no tiene trabajo y estudia, tampoco ha cobrado su pensión de alimentos. Cuando cumplió el segundo mes del impago de mi pensión después del día cinco estipulado de cada mes, yo lo denuncié a la policía y ahora está en el juzgado de mi ciudad pendiente de la declaración de mi marido que reside en otra ciudad. A mi juzgado evidentemente el exhorto no ha sido devuelto todavía.
Mi pregunta es: tengo entendido que ahora mi hija que es mayor de edad puede no tener que esperar al incumplimiento de dos meses de impago de pensión y por lo que me comentaron, sería una ampliación de mi denuncia la suya, entonces, ¿cómo tiene que denunciarlo?, ¿Tiene qué ir a la comisaría y decir algo sobre mi denuncia previa para que la amplíen? O ¿Tiene qué ir al juzgado?. No sabemos qué pasos tenemos que dar. Le agradecería me explicase, como lo ha hecho en otra ocasión, qué tiene que hacer.

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Deberá presentar un escrito de ampliación de la denuncia dirigido al mismo juzgado que está conociendo la suya e indicando el número de procedimiento
En ese escrito además de identificarse y hacer referencia a la denuncia que se está ya tramitando deberá relatar los hechos y solicitar que sea admitido ese escrito como ampliación de la denuncia que ya se está tramitando
Deberá firmarla al final del escrito
Estimado Sr.:
Estoy separada legalmente, tengo una sentencia firme de la Audiencia Provincial sobre pensión compensatoria y de alimentos.
Llevo cinco meses sin cobrar mi pensión compensatoria y este mes, mi hija que no tiene trabajo y estudia, tampoco ha cobrado su pensión de alimentos. Cuando cumplió el segundo mes del impago de mi pensión después del día cinco estipulado de cada mes, yo lo denuncié a la policía y ahora está en el juzgado de mi ciudad pendiente de la declaración de mi marido que reside en otra ciudad. A mi juzgado evidentemente el exhorto no ha sido devuelto todavía.
Mi pregunta es: tengo entendido que ahora mi hija que es mayor de edad puede no tener que esperar al incumplimiento de dos meses de impago de pensión y por lo que me comentaron, sería una ampliación de mi denuncia la suya, entonces, ¿cómo tiene que denunciarlo?, ¿Tiene qué ir a la comisaría y decir algo sobre mi denuncia previa para que la amplíen? O ¿Tiene qué ir al juzgado?. No sabemos qué pasos tenemos que dar. Le agradecería me explicase, como lo ha hecho en otra ocasión, qué tiene que hacer.
Muchas gracias por anticipado y un cordial saludo.
Disculpe por mi insistencia, pero quiero entenderlo bien.
¿Mi hija con un sólo impago ya puede denuncia por existir mi precedente de impago de cinco meses seguidos? ¿Solamente tiene que ir al juzgado de nuestra ciudad donde se tramita la mía para tramitar la suya sin pasar por la comisaría?
Le reitero mi agradecimiento, un cordial saludo.
Si, puede dirigirse al juzgado que está tramitando su denuncia, pues ya sabe cual es y el número de procedimiento

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