Tengo un hermano en prisión y le están clasificando, ¿quiere decir esto que tiene que cumplir la condena? Estamos tramitando que salga para prestar servicios a la sociedad. ¿Al clasificarlo ya no es posible? Gracias. Por favor espero una respuesta rápida.
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Anónimo
Aquí tiene una respuesta rápida: La clasificación penitenciaria es un paso absolutamente imprescindible para fijar en qué situación va a estar un preso dentro de la prisión: si es reicidente, adulto, preventivo, hombre o mujer y demás datos que sirvan para destinarlo a un módulo y otro (físicamente) dentro de la prisión. Pero eso no afecta en asboluto a la modalidad de cumplimiento que usted menciona, que es algo que tiene que decidir el juez que ejecuta la sentencia, después de oír al Ministerio Fiscal. La administración penitenciaria (sujeta al juez de vigilancia penitenciaria) decidirá asimismo uno de los cuatro grados de cumplimiento (del más duro enclaustramiento a la libertad condicional) en función de la clasificación penitenciaria, del grado de cumplimiento de la pena y del comportamiento. La petición que usted dice (el cumplimiento de servicios sociales en sustitución de la privación de libertad) no tiene absolutamente nada que ver con la clasificiación penitenciaria, ni ésta afecta a aquélla.