Anulación escritura de donación

Mis padres pusieron su casa (vivienda habitual) a nombre de mi hermano menor.
Ahora mi hermano dispone de otra vivienda propia (su vivienda habitual) y ambos pactaron realizar la donación de la primera vivienda(habitual de mis padres) hacia mis padres. Las condiciones eran simples: mis padres se encargarían de todos los gastos que generara la operación.
Se escritura la donación ante notario (sin incluir la condición pactada por escrito), mis padres pagan los impuestos de donación + gastos de notaria, registro.. Etc. Pero hacienda reclama en el irpf al donatario 18300euros de incremento de patrimonio. Gastos que mis padres no están dispuestos a asumir, entre otras cosas porque no pueden y sobre todo porque en la notaria no les informaron o avisaron ni a mis padres ni a mi hermano acerca de este impuesto. (De otro modo, no se hubiera llevado a cabo la operación debido al elevado coste )
La pregunta es :
Se puede legalmente revocar la escritura de donación, ¿si nos acojemos al código civil?
Tengo entendido que el ar. 467 otorga la facultad de revocación cuando el donatario haya dejado de cumplí alguna de las obligaciones que se le impuso por el donante a la hora de realizar la donación. "incumplimiento de modo"
El no asumir el pago de este impuesto ¿se puede considerar como acto doloso contra los bienes del donante? Art. 648 c.c. "ingratit ud del donatario"
De otra forma, ¿puede atacarse también la donación si perjudica la legitima de los herederos forzosos de donante?
Agradecería una pronta respuesta y su opinión como experto así como cualquier sugerencia legal que pueda aportarnos.

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Para revocar la donación por incumplimiento de las condiciones establecidas es necesario que éstas figuren en la escritura de donación o cuanto menos puedan ser demostradas, es necesario que expresamente se estableciera la obligación de hacerse cargo de ese impuesto que por ley corresponde al donante, pues el donatario debe pagar el de donaciones
Respecto al tema de la posible vulneración de la legítima, solo podrá atacarse la donación por esta causa a la muerte del donante, que es cuando se valorará su patrimonio y se determinará si con esa donación se ha vulnerado el derecho de legítima, pero en vida del donante no cabe atacar la donación por esta causa
Muchas gracias por su pronta respuesta.
¿Serviría entonces un documento validado por un abogado en el cual consta expresamente la voluntad del donatario de hacerse cargo del impuesto del IRPF?
¿Este documento aunque no incluido en la escritura de donación tiene validez legal a todos los efectos?
¿Hay alguna sanción aplicable al donatario en caso de resolverse la donación y revocarse la escritura?
De nuevo gracias por su ayuda
Lo que no puedo garantizarle son los efectos de una posible revocación de la donación va a tener en materia fiscal, esto deberá preguntarlo en la sección de Impuestos de esta web, pues no soy experto en fiscal
En cuanto a la revocación, el donante puede hacer una escritura de revocación de la donación por incumplimiento de condiciones y que el donatario la acepte, pero como le he comentado no puedo asegurarle que esta operación pueda tener o no consecuencias fiscales
Si tienen un abogado buscado y entiende de temas fiscales lo mejor es que lo comenten con él
Muchísimas gracias por su ayuda y sobre todo por la rapidez con la que ha contestado.
Iniciaremos un proceso de revocación de escritura, no sin antes comentarlo con un abogado que nos pueda asesorar convenientemente.

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