Llegar tarde al trabajo. ¿Motivo despido?

En la empresa en que estoy hace ya más de 5 años, después de varios ere´s y congelamientos de salarios, retrasos de hasta un año en el pago de la pagas extraordinarias, etc. Ahora también dejan de pagar las nóminas. Vamos por la 3º nómina ya impaga. Ya empecé con el tema del smac y afiliaciones a sindicato y eso, pero estoy cabreada porque mis jefes durante todo este tiempo no se han cortado un duro con sus gastos. Cuestión, que dentro de mi rebote, la verdad es estoy llegando pelín tarde todos los días, a mediodía no ficho, estoy más respondona... En fin, mosqueada por la actual situación. Noto que empiezo a molestar a mis jefes con mis preguntas de " cuándo pagan ?" Estoy insistente con el tema y ellos también están enfadados conmigo. Con este "acoso" intento no morir en el fogasa, al menos no con las nóminas, ya que el fogasa paga tarde y mal y yo el dinero lo necesito YA. Mi hipoteca no puede esperar. Mi pregunta es: ¿Pueden despedirme por ésta actitud sin yo tener derecho a indemnización ni nada? ¿Deben avisarme o advertirme? De mis compañeros ninguno está tan rebotado como yo, ni reclaman sus salarios ni hacen nada. Aunque es de entender porque la mayoría lleva toda la vida allí, éste es el único trabajo que conocen y la media de edad de ellos es de 50 años, con lo cual yo creo que tragan más porque están asustados. La empresa, si no logran venderla este mes, irá derecho a un concurso de acreedores porque está en quiebra total.

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Por tu forma de escribir supongo que sos de España, yo soy de Argentina, por lo tanto te voy a responder según los principios generales del Derecho del Trabajo que no creo que se diferencie mucho con el de allá.
No te pueden despedir por llegar tarde por los siguientes motivos, una falta que cometas no debe dejarse pasar por alto y deben en todo caso hacerte un llamado de atención primero, de repetir la conducta podrían apercibirte haciéndote firmar la sanción, después podrían suspenderte un día o dos(no muchos días ya que no gozarías del sueldo)si repetís la conducta, y luego podrían ahí despedirte. Despedirte sin haber pasado por todas esas instancias es motivo sin causa por la falta de razonabilidad y la falta de progresión en las sanciones, de modo que te corresponde indemnización. Y según lo que contás, estás reclamando sueldos atrasados, llegás tarde, contestás y nunca te llamaron la atención ni te hicieron firmar una sanción, lo que significa que si pasa cierto tiempo sin que hayan observado esas conductas, se entiende como consentidas. Además para despedirte deben preavisarte con 15 días de anticipación o más pero no menos.
Además si ya van a ser como 3 meses que no te pagan, con sólo que no te paguen el primer mes desde que debieron hacerlo te podes considerar despedida y te corresponde indemnización. Incluso podes negarte a prestar servicios, si trabajás manejando dinero como en un Supermercado por ejemplo, podes hacerte del dinero de la caja, por supuesto avisando y que el superior te firme la conformidad para que no se entienda como robo e incluso para cobrar podrías intimar a la empresa a que venda algunos bienes suyos para pagarte.
No sé cómo es en España, pero en Argentina yo haría eso. Después de todo, el principio general es la continuidad del trabajador hasta el ingreso a la pasividad por eso el Derecho Laboral trata de proteger al trabajador. No sé si respondo tu pregunta, con respecto a las leyes laborales preguntale a algún abogado o estudiante español, pero yo te puedo responder desde los principios generales de la materia y desde los convenios de la OIT(Organización Internacional del Trabajo) en donde se trata de armonizar la legislación laboral en todos los países partes.
Saludos y respóndeme si en algo te ayudé.

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