¿Cómo puedo acceder al expediente de un juicio?
Me ha denunciado el propietario de un bar-restaurante por presuntas calumnias, vertidas en un foro de internet. No tiene ninguna prueba, como consta en la denuncia, " el cree " que puedo ser yo. En la misma denuncia, el propietario del bar declara que contrató a un abogado y a un informático para borrar los mensajes. El foro lo tuvieron borrado 2 ó 3 meses, lo cual es un delito informático. ¿El juez de paz no debería de trasladar esto a la fiscalía para que determine si hay materia delictiva por parte del propietario del bar y del informático?. ¿Cómo se puede hacer particularmente sin ser el responsable del foro de internet borrado?.
El juicio es para dentro de 3 semanas, el día 20 de julio a las 12 horas en un juzgado de paz, de un pueblo impresentable y corrupto,- ( el alcalde recientemente reelegio, ha estado procesado en al menos dos causas )-, me permito nombrarlo, Tordera, en la provincia de Barcelona. CP/ 08490 El juicio de faltas es : número 20/11.
En la secretaría, ( estaba citado a las 12:30 pero la secretaria estaba ausente y llegó a la 1:00), pedí un abogado de oficio. La secretaria me dijo que tenía que pedirlo en el colegio de abogados, a unos 25 kilómetros de distancia. Hoy he ido y me han dicho que no el abogado no es preceptivo en un juicio de faltas. Solo si el juez lo pide, se nombra a un abogado del turno de oficio. Aparte de hacerme perder el tiempo, la secretaría en la copia de la denuncia borró el domicilio del denunciante, ¿eso no es un delito?.
Yo no entiendo como se pueden celebrar juicios sin abogado, y más teniendo en cuenta que el denunciante tiene dinero de sobras para poder contratar el mejor abogado. Eso es una indefensión total. Entiendo que para poder defenderme debo de conocer cual es la denuncia en concreto y que "pruebas" o argumentos se van a usar en contra de mí.
Y la pregunta es, ¿cómo puedo acceder al expediente completo de la denuncia?. ¿Cómo lo hacen los abogados cuando acceden a los mismos?. ¿Puedo tener una copia íntegra del expediente?. ¿He de pedirlo en el juzgado de paz? En este no me van a poner las cosas fáciles, ya que soy persona non grata en el pueblo, y este juicio huele a podrido, ya que no entiendo que sin tener pruebas en contra de mí, se estime la denuncia y se celebre un juicio. En un juzgado normal esto no pasaría. El juez de paz lo nombra el alcalde a dedo, y el de aquí manda mucho.
Agradecería una respuesta urgente antes del 20 de julio.
El juicio es para dentro de 3 semanas, el día 20 de julio a las 12 horas en un juzgado de paz, de un pueblo impresentable y corrupto,- ( el alcalde recientemente reelegio, ha estado procesado en al menos dos causas )-, me permito nombrarlo, Tordera, en la provincia de Barcelona. CP/ 08490 El juicio de faltas es : número 20/11.
En la secretaría, ( estaba citado a las 12:30 pero la secretaria estaba ausente y llegó a la 1:00), pedí un abogado de oficio. La secretaria me dijo que tenía que pedirlo en el colegio de abogados, a unos 25 kilómetros de distancia. Hoy he ido y me han dicho que no el abogado no es preceptivo en un juicio de faltas. Solo si el juez lo pide, se nombra a un abogado del turno de oficio. Aparte de hacerme perder el tiempo, la secretaría en la copia de la denuncia borró el domicilio del denunciante, ¿eso no es un delito?.
Yo no entiendo como se pueden celebrar juicios sin abogado, y más teniendo en cuenta que el denunciante tiene dinero de sobras para poder contratar el mejor abogado. Eso es una indefensión total. Entiendo que para poder defenderme debo de conocer cual es la denuncia en concreto y que "pruebas" o argumentos se van a usar en contra de mí.
Y la pregunta es, ¿cómo puedo acceder al expediente completo de la denuncia?. ¿Cómo lo hacen los abogados cuando acceden a los mismos?. ¿Puedo tener una copia íntegra del expediente?. ¿He de pedirlo en el juzgado de paz? En este no me van a poner las cosas fáciles, ya que soy persona non grata en el pueblo, y este juicio huele a podrido, ya que no entiendo que sin tener pruebas en contra de mí, se estime la denuncia y se celebre un juicio. En un juzgado normal esto no pasaría. El juez de paz lo nombra el alcalde a dedo, y el de aquí manda mucho.
Agradecería una respuesta urgente antes del 20 de julio.
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Respuesta de Ana Espinoza