Retracto y Tanteo

Puede quedarse el medianero con una finca urbana que yo compre, ejerciendo el derecho de retracto o tanteo (creo que se llaman así).
Es decir, ¿yo compro un solar a su dueño y el vecino de al lado puede quedárselo ejecutando el derecho de retracto y tanteo? ¿Qué plazo tiene para hacerlo?.

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Respuesta
Si lo que compraste es un solar, entiendo que no.
Existiría derecho de retracto en caso de que se tratase de una finca rústica de menos de una hectárea en los nueve días siguientes a la inscripción en el registro o que tuviese conocimiento cabal de la venta.
Igualmente existiría derecho de retracto si el colindante tuviese una explotación prioritaria y la finca adquirida fuese inferior al doble de la unidad mínima de cultivo, el plazo en ese caso creo que es de un año.

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