Sobre Herencias

Perdona por volver a molestarte de nuevo. Espero que hayas pasado buena Semana Santa. Esta es mi cuestión derivada de una herencia que me tiene loco. Gracias de antemano por tu respuesta.
En el reparto de una herencia una propiedad ha tocado a dos hermanos al cincuenta por ciento. Uno de ellos desea adquirirla ¿De qué forma el que la vende se asegura de su pago antes de hacer la escritura en favor del otro?
Dicho de otro modo, Una vez hecha la escritura a nombre del otro, ¿cómo me aseguro de que me pagará la cantidad estipulada?

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Como consecuencia de una herencia un bien se adjudica en propiedad a dos hermanos. En este supuesto nos encontramos en presencia de una comunidad de bienes entre los dos hermanos que se puede romper en cuanto uno de ellos lo quiera bien por mutuo acuerdo comprándola uno de ellos o bien si no se ponen de acuerdo sacándola a subasta en cuyo caso siempre tienen derecho de preferencia (tanteo :antes retracto, después) a comprarla el comunero interesado por la finca a igualdad de precio con cualquier tercer.
Pero vamos esa no es la consulta. Vd va a venderle su parte al otro heredero porque quiere y el otro quiere comprarla y no se fía un pelo de esta persona por lo que parece. Puede cobrarle el dinero antes de hacer la escritura y ponerlo en un documento privado comprometiéndose Vd a hacer la escritura después. Esta es una posibilidad. Otra posibilidad es que le de el dinero delante del notario y otra posibilidad es firmar un contrato de opción que se haría efectivo al ingresar el dinero en una determinada cuenta. Otra posibilidad si no le va a pagar su hermano en el momento sino dentro de un determinado plazo es hacer el contrato en escritura publica ante notario e incluir en el una condición resolutoria que se puede inscribir en el Registro de la Propiedad y que le asegura que en caso de impago Vd puede dirigirse a los tribunales y resolver(anular la venta).
Como ve hay muchas posibilidades y es más interesante una u otra en función del por qué de la desconfianza, del tiempo de pago... etc. Elija Vd cualquiera de ellas. El problema de hacer los pagos delante del notario y que es lo más seguro es que si hay alguna parte que queréis ocultar a Hacienda por alguna causa pues eso no se puede hacer delante del Notario. Las posibilidades son muchas pero para que le aconsejase una u otra me tendría que decir cual es la razón de la desconfianza, si se va a pagar al contado o a plazos y si va a ocultarse dinero al fisco.
Un SAludo y si quiere más aclaraciones mañana se la podré hacer .
Victorino H. Ruiperez

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