Regularizar custodia y pensión

Soy la mujer de francis103, tengo un hijo de una relación anterior y este individuo no le pasa pensión ninguna a mi hijo, anteriormente me daba 20000 pesetas al mes, pero hace 7 meses que no lo hace por que no quiere, la asignación fue la que el quiso ya que no lo tenemos legalmente y ahora quiero hacerlo así, el problema es que el legalmente no trabaja aunque si lo hace en un puesto de venta ambulante con el autónomo de su madre el no tiene, ni tiene nada a su nombre, económicamente si puede pasar una pensión ya que se saca un sueldo digamos de unas 130000 pesetas pero claro no declaradas, mi pregunta es si lo hago legalmente como puedo hacerle pagar esa pensión y de hacerlo de cuento cree usted que podría ser, el colegio del niño me cuesta 12000 pesetas aparte el comedor más los gastos normales de un niño, creo de debe haber alguna manera posible de que esta persona no tenga tanta cara y se responsabilice de su hijo ya que las visitas si las quiere tener y hasta hace 2 meses las tenia pero también ha dejado de hacerlo, esta persona y yo no estábamos casados pero el niño si esta reconocido, le agradecería cualquier ayuda ya que los gastos son muchos y yo sola no puedo.

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La única forma de obtener una pensión alimenticia para el hijo de ambos, es a través de una sentencia judicial. El dato de que anteriormente pasaba pensión será muy importante a la hora de probar disponibilidad capacidad económica. Para poder obtener tal declaración judicial precisa de que se lo lleve un abogado, por lo que le aconsejo se ponga en manos de un compañero cuanto antes quien le pedirá la documentación que precisa para iniciar los trámites judiciales.
En manos de una abogada ya lo tengo estoy a falta de que me llamen de un juzgado para otorgarle los poderes, yo quería otra opinión ya que mi abogada me lo a puesto muy negro por el hecho de que el no tiene un trabajo declarado y si hay alguna forma de pillarlo ya que si trabaja, ademas me dijo que el hecho de que me pagara una pensión antes podría ser un problema supongo que seria para poder reclamar algo de lo anterior, ¿mi otra pregunta es que si una vez dictaminado el juez la pensión y el régimen de visitas el no paga que ocurre como debo actuar? Es que según he oído a los 5 años si no ha pagado pierdo ese dinero . me gustaría que me lo aclarara muchas gracias
Todo se reduce a un problema de prueba de que pueda o no demostrar que tiene ingresos y la cuantía de los mismos, por ello la "forma de pillarlo" es poder acrerditar ante el juzgado que lo que vd dice es cierto, por medio de detectives, testigos etc. Piense que su sola palabra no vale y el poder llevar pruebas de cosas que otra persona desea mantener ocultas a veces cuesta mucho dinero. En mi opinión el hecho de que anteriormente pasase una pensión es un elemento que demuestra que tenía ingresos aunque formalmente constase como parado sin subsidio, pero obviamente eso no es suficiente, aunque sí un indicio. De lo que no le ha pagado anteriormente, si no tenía nada acordado por escrito puede olvidarse de ello y es que el hecho de no estar formalmente casada no tiene las mismas obligaciones pero, obviamente, tampoco los mismos derechos. Una vez que fijen una pensión de alimentos si no le paga puede exigirlo por la vía de ejecución de sentencia. De todas formas si ya tiene abogado mi consejo es que siga sus directrices ya que se supone que confía en ese profesional y es, además, el que tiene todos los datos del pleito por lo que cualquier sugerencia que se le de por aquí, siempre se hará con el matiz de salvo mejor criterio del letrado que le lleva y que es conocedor, a la perfección, del caso. En efecto el derecho a reclamar pensiones alimenticias prescriben a los 5 años, pero no se confunda ello viene referido a las pensiones que se deben "formalmente", es decir desde que hay una sentencia o auto que obligue a ello ya que las pensiones no se pueden pedir con carácter retroactivo a cuando se dictó la resolución judicial de la que traen causa.

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