Procedimiento de apremio en propiedades internacionales - extranjeras

El procedimiento de apremio una vez se ejecute... Pongamos un ejemplo.

El encartado en el procedimiento de apremio tiene una propiedad en el extranjero, en Estados Unidos por ejemplo..

La pregunta del millón.. ¿Se le puede embargar esa propiedad?

¿Qué ocurre si está en Países de la CEE?

No encuentro una respuesta concreta, pero igual equivocado, creo que sólo se le embargarían los bienes, cuentas, propiedades etc.. ¿qué estén dentro del país o no?

Que ocurre con una cuenta en Suiza, ¿se puede embargar?

Es que con el caso Urdangarín por tomar un ejemplo.. Me han surgido tantas preguntas y que te agradecería me aclarases un poco ya que solo entiendo de penal.

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Dependerá de los acuerdos internacionales para procedimientos judiciales...

En la UE, si hay... y con muchos países también... Como Suiza o USA. Aunque todo depende de los importes, pues no son procedimientos sencillos y por lo tanto, muchas empresas no los utilizan...

Ademas, en muchos casos, la deuda se vende a terceras empresas y estas son las encargadas de cobrar en esos países.

Es complicada la respuesta. Yo también creo que no está muy claro. pero deberé estudiar y buscar por internet para saber si se puede o no embargar una propiedad (una casa por ejemplo) de una persona que tienen deudas en España. Yo en el fondo no lo veo claro, yo creo que no porque la deuda es en españa no en USA...

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