Acumulación de la acción civil a la penal
Soy estudiante de derecho. Mi amigo ha sido agredido físicamente por otro señor, probablemente se tratará de falta de lesiones, dado que hablamos de puñetazos. Hay atestado y también declaraciones de testigos. El no se defendió. Entre ambos existía un contrato verbal de compraventa, el agresor no le llegó a pagar ningún mes lo acordado. Uno de los testigos ha declarado de la existencia de dicho contrato. Mis dudas son:
1. No hace falta abogado ni procurador al tratarse de falta de lesiones, ¿no es así?
2. Si la acción civil se puede acumular a la penal, entiendo que:
- Solo se puede acumular la indemnización civil por los daños ocasionados.
- ¿También se podría acumular el impago de la deuda derivada del contrato de compraventa o para su reclamación hay que iniciar proceso civil? En este caso, podría tener acceso a la justicia gratuita, ¿dado qué cuenta con muy pocos ingresos?