Quien paga los gastos de una herencia

Mi padre falleció hace 1 mes, tenían testamento hecho, lo del uno para el otro y lo que quede para los hijos, somos dos hermanas, ¿mi pregunta es? Hay que hacer declaración de herederos obligada, ¿si mi madre es usufructuaria que hay que hacer? ¿Qué gastos nos pueden ocasionar y mi madre tiene que pagar también algo?

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Ahora, tendrán que hacer la declaración de herederos y adjudicación de herencia, en el notario, liquidando los correspondientes impuestos de sucesiones (pueden estar exentos en algunas comunidades autónomas) y realizando la inscripción en los correspondientes Registros de la Propiedad, trafico, etc...

Disponen de seis meses, para realizarlo, o pueden ser sancionados por Hacienda.

Los gastos corresponden a los herederos.

Si lo desea, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Agradecemos valoración de la respuestas. Gracias.

www.abogadosedo.com

hola, respecto a tu respuesta , no entiendo porque motivo hay que pasar por el registro, y que es eso de adjudicación de herencia, mis padres tienen bastantes propiedades ,no se pueden quedar las cosas tal como están? y seguir arrendando mi madre las viviendas y garajes como hasta ahora y percibir ella todo el dinero, o es obligado hacer lo que me has dicho.. , ella dice que se pueden dejar las cosas así, solo hacer declaración de herederos para liquidar ha hacienda y ya esta , pero nos afectaría los ingresos que ella percibiera en hacienda'? tendríamos que declararlo mi hermana y yo si percibir nada ? o lo declararía mi madre? gracias

Legalmente ustedes ya son propietarios de las partes que les puedan corresponder de la herencia, habrá que ver el testamento y su legalidad, pero en principio, su madre sera la usufructuaria de los bienes y ustedes los propietarios de la parte correspondiente... por lo tanto, deben realizar la adjudicación de la herencia y el pago de impuestos... para luego llevar a inscribir...

Si no liquidan los impuestos, pueden ser sancionados...

Si no hacen la adjudicación y por lo tanto el cambio de nombre, pueden tener problemas con hacienda, en cuanto a la titularidad de los inmuebles, que son de un difunto... y su madre no puede declararlos como ingresos propios, así sin mas... O con los pagos de IBI, o titularidad de cuentas...

En muchos casos, cuando hay varios inmuebles, se suele hacer una comunidad de bienes o una aportación par constituir una sociedad, que gestione los alquileres... pero esto hay que estudiarlo conociendo en profundidad la situación.

Agradecemos valoración de la respuesta.

gracias, tengo muchas preguntas sobre este tema todavía ,pero respecto a tus contestaciones a a mi preguntan me han sido de mucha utilidad, nuevamente gracias..

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