Atrincheramiento por parte de un heredero

Mi caso es el siguiente somos tres hermanos, en enero falleció mi madre habiéndolo hecho mi padre 6 años atrás.
En junio se firmo la aceptación de herencia, la cual dice que todo es aparte iguales, mi hermano vive en la casa de mi madre (teniendo él un piso de su propiedad) y dice que no sale de la casa hasta que esta no se venda, a mi no me facilita la entrada como no sea pidiéndole el día que quiero entrar( en la casa en vida de mis padres teníamos cada uno lo que no podíamos tener cada uno en sus vivienda ) y dependiendo de que a él le venga bien .
Ha cambiado las cerraduras, mi pregunta es la siguiente: lo pienso denunciar en Septiembre para poder ejercer mi derecho sobre mi tercio de la herencia, ¿este tramite lleva mucho tiempo en ser resuelto?
¿Le podría pedir también cuando se celebre el juicio el tiempo que ha estado habitando la casa una parte como concepto de alquiler?
¿Qué porcentaje tengo de ganar dicha denuncia?
Mis dos hermanos están en contra mía y no me dejan entrar y los dos hacen huso de la casa (del oro me doy por olvido ya que se que no lo puedo demostrar de que se lo hayan quedado)
A consecuencia del conflicto entre los tres me dio una depresión y he estado 6 meses tomando ansiolíticos, ¿le puedo pedir daños psicológicos?

Respuesta
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Septiembre para poder ejercer mi derecho sobre mi tercio de la herencia, ¿este tramite lleva mucho tiempo en ser resuelto?

Dependerá del volumen de trabajo que tenga el juzgado al que toque el asunto

¿Le podría pedir también cuando se celebre el juicio el tiempo que ha estado habitando la casa una parte como concepto de alquiler?

Puede pedirlo en la misma demanda

¿Qué porcentaje tengo de ganar dicha denuncia?

Es imposible saberlo de antemano

Mis dos hermanos están en contra mía y no me dejan entrar y los dos hacen huso de la casa (del oro me doy por olvido ya que se que no lo puedo demostrar de que se lo hayan quedado)

Busque pruebas de la existencia de ese oro, como fotografías etc. y reclamarlo en base a ellas.

A consecuencia del conflicto entre los tres me dio una depresión y he estado 6 meses tomando ansiolíticos, ¿le puedo pedir daños psicológicos?

Puede aportar las facturas del psicólogo y los gastos que se ha ocasionado el tratamiento y reclamarlos en concepto de daños y perjuicios.

www.lopezcollado.es

no me has dicho nada solo es copia de lo que te he mandado creo que puede ser un rror agradecería me contestara de nuevo

Septiembre para poder ejercer mi derecho sobre mi tercio de la herencia, ¿este tramite lleva mucho tiempo en ser resuelto?

RESPUESTA Dependerá del volumen de trabajo que tenga el juzgado al que toque el asunto

¿Le podría pedir también cuando se celebre el juicio el tiempo que ha estado habitando la casa una parte como concepto de alquiler?

RESPUESTA Puede pedirlo en la misma demanda

¿Qué porcentaje tengo de ganar dicha denuncia?

RESPUESTA Es imposible saberlo de antemano

Mis dos hermanos están en contra mía y no me dejan entrar y los dos hacen huso de la casa (del oro me doy por olvido ya que se que no lo puedo demostrar de que se lo hayan quedado)

RESPUESTA Busque pruebas de la existencia de ese oro, como fotografías etc. y reclamarlo en base a ellas.

A consecuencia del conflicto entre los tres me dio una depresión y he estado 6 meses tomando ansiolíticos, ¿le puedo pedir daños psicológicos?

RESPUESTA puede aportar las facturas del psicólogo y los gastos que se ha ocasionado el tratamiento y reclamarlos en concepto de daños y perjuicios.

me refiero a ganar la denuncia a que si es lógico que yo la gane ya que la herencia es a partes iguale y solo uno esta haciendo huso de la vivienda , y también si el juez me puede obligar a vender mi parte , o bien tengo derecho a que el suelo suba y vender cuando lo crea oportuno

un saludo

Sobre ganar o no un procedimiento judicial es imposible predecirlo, como ya le he dicho anteriormente. Usted conoce su punto de vista y las pruebas que tiene para hacerlo valer, pero nunca sabrá ni el punto de vista de la otra parte ni las pruebas de que dispone, hasta que no se celebre el juicio y se presenten.

En su caso, la propia ley obliga al reparto de la herencia y si sus hermanos no quieren, se les puede obligar por la vía judicial.

Aunque sus hermanos no quieran vender la casa, usted puede instar un procedimiento judicial, ya que la ley dice expresamente que ningún copropietario está obligado a mantener la copropiedad ni no quiere. Este procedimiento, si no hay acuerdo amistoso entre las partes, puede terminar con la subasta pública de la casa, y el reparto de lo obtenido entre los tres.

Para instar el procedimiento de venta de bienes comunes (vía civil) es necesario, porque así lo dice la ley, que sea por medio de abogado y de procurador.

Una denuncia (vía penal) no es procedente en este caso. No hay ningún delito tipificado en el Código penal que se ajuste a su situación. Cierto que sus hermanos se benefician en exclusiva del uso de la casa, pero no cometen ningún delito al hacerlo, ya que son sus propietarios, igual que lo es usted. Además no le impiden la entrada, solamente le exigen estar presentes, fijando un día y hora concretos.

Mi recomendación: contrate los servicios de un abogado para instar un procedimiento judicial de venta de bienes comunes.

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Para su caso el Artículo 394 del Código Civil es muy claro, "cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a sus destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho".

Es decir, que si son herederos por partes iguales, usted tiene el mismo derecho a utilizar la casa. El tiempo de resolución del juicio depende de muchos factores, saturación del Juzgado, agilidad del mismo, contestación de la otra parte, o sea que no le puedo decir un plazo estimado. Pero con los datos que usted me ha facilitado, el porcentaje de éxito de la demanda parece muy elevado.

En cuanto a la opción de pedir un alquiler, no creo que sea posible al no haber ningún contrato de alquiler firmado al efecto, lo que si puede solicitar, al haber cambiado la cerradura y por tanto impedido su legítimo derecho a utilizar la casa, una indemnización en compensación, en la que se podría valorar incluir una parte correspondiente a los daños psicológicos causados por el suceso.

Espero haberle servido de ayuda y quedo a su disposición para cualquier otra consulta.
Para una atención más personalizada de su caso puede ponerse en contacto conmigo a través del correo [email protected]

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