Contrato distribución con clausula de exclusividad

Estamos negociando un contrato de distribución para el mercado británico con clausula de exclusividad con un fabricante español. Queremos que sea la ley y los tribunales ingleses los que rijan el contrato. El fabricante español quiere que se aplique la legislación española. Nuestro argumento es que el producto se compra del productor en condiciones DDU destino británico y que la relación se circunscribe al territorio Reino Unido. Nuestra pregunta es: hay algún impedimento en nuestra Que estipula la ley española al respecto, ¿si es que lo regula?

1 respuesta

Respuesta

Respecto a su pregunta, no hay ninguna ley que estipule o obligue a regirse por la Ley española. Lo bueno de los contratos y más de distribución es que las partes pueden acordar someterse a arbitraje. De esta forma ellos son los que deciden, la ley aplicable, donde se produce el arbitraje en caso de conflicto, idioma etc... Esta cláusula de sumisión a arbitraje debe hacerse bien, ya que hay muchas que ponen que se regirán por arbitraje y en caso contrario a los Tribunales de "x" país. Y esta cláusula así redactada ya esta mal, y te obligan a ir al Juzgado, un craso error. Por todo ello y resolviendo a su pregunta, si se hace una cláusula bien hecha de arbitraje, no hay ley que obligue a establecer la ley en caso de conflicto. Ahora bien, si la clausula se redacta mal y les obligan a ir a los Tribunales Españoles, sí se regirá la ley española.

Espero que le haya ayudado. Si requiere de un asesoramiento más detallado puede
contactar conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y si lo requiere un
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.


Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto
conmigo. Recuerde que esto no es un asesoramiento ya que carezco de
documentación, argumentos y hechos para realizar un asesoramiento dentro
del marco legal


Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

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