¿Puedo prohibir a mi inquilino usar la piscina?

Quisiera hacerle una pregunta, es esta:
Tengo un inquilino que últimamente va pagando fuera del plazo que le di, incluso este mes, no me lo ha pagado, y eso que tiene que pagar del 1 al 7 de cada mes.
Cuando firmamos el contrato llegue a un acuerdo con el que para que le saliera más económico el alquiler, yo me encargaría de pagar la comunidad, cosa que hago religiosamente aun incluso cuando él no me paga.
Y ahora viene mi consulta, resulta que la comunidad da acceso a poder entrar a la piscina, pero como mi inquilino no paga, quería saber si puedo prohibirle la entrada hasta que se ponga al día en sus pagos de alquiler puesto que si a mi como propietario se me exige cumplir unas normas, al inquilino también se le exige el estar al día en todos los pagos de alquiler, cosa que no hace y por ello quiero denegarle la entrada en la piscina, dando cuenta de esto a la comunidad para que no les dejen pasar.
También querría saber que me puede ocurrir en caso de denegarles la entrada en la piscina.
Me gustaría saber que puedo hacer si mi inquilino sigue retrasándose en sus pagos o incluso si no me paga, ¿a partir de cuanto dinero sin pagar puedo denunciarlo? O ¿Quizás depende del tiempo que lleve sin pagar y no del dinero.?
Muchas gracias, por favor a ver si me puede contestar enseguida porque tenia pensado prohibirle a mi inquilino la entrada de la piscina a partir de agosto y quedan 3 días nada más.

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El caso que comenta es un tanto particular.
La responsabilidad de tener al día los pagos de la comunidad es siempre del propietario, aunque éste lo repercuta en el inquilino.
En su exposición leo que está Ud. abonando estas cantidades, aunque el inquilino no se las paga. Correcto, así se evita Ud. problemas con su comunidad.
El tema de prohibirle el uso de la piscina por no tener al día los pagos... lo veo más complejo. Si así lo ha especificado en el contrato de arrendamiento, adelante con ello. Notifique a su comunidad que en calidad de propietario del piso "tal", estando al corriente de los pagos, desea que se revoque el permiso de acceso a la piscina al ocupante de la vivienda.
Si no lo ha especificado, entonces no tiene "fuerza legal" para hacerlo. Caso de hacerlo "a la brava" podrían demandarle por acoso (sería como impedirle la entrada a la vivienda por no pagar el alquiler, aunque sería lógico no es legal).
Por cuanto a los pagos: en cuanto le deba 2 meses de alquiler puede presentar en el juzgado la correspondiente demanda por falta de pago (necesitará abogado y procurador).
Como recomendación: desde el primer momento debería enviarle un burofax reclamado las cantidades pendientes, e indicando que caso de no ser abonadas en un plazo determinado se emprenderán las acciones legales oportunas. Es una medida de presión bastante eficaz, y por lo menos clarificadora de las intenciones de su cliente.
Caso de no haber respuesta, llegados al segundo mes de deuda entonces podría contactar con un abogado para que reclame la deuda y caso de ser necesario pasar a la demanda lo antes posible, y así evitar mayores pérdidas.
Muchas gracias mpregal, me has ayudado bastanto aunque el problema sigue siendo el mismo,
El caso es que yo en el contrato también dejé incluida la CLAUSULA- GARANTÍA DE ALQUILER- CORTE DE ARBITRAJE ECONOMINO Y DE DERECHO Y EQUIDAD, pero el impreso fue imposible encontrarlo y por lo tanto aunque la cláusula consta en el contrato que fue firmado por ambas partes, el impreso de esta garantía no se ha llegado a firmar porque me ha resultado imposible ir para que la firme el inquilino, ya que vivo en otra provincia a bastantes kms, por eso dicho impreso no esta firmado por el arrendatario, y viendo como está actuando en lo referente a los pagos, dudo que la quiera firmar.
¿Puedo obligarle a firmarla? En el contrato de arrendamiento consta esto:
""en caso de conflicto por incumplimiento de este contrato, se comprometen ambas partes a llevarlo a efecto según impreso de GARANTÍA DE ALQUILER que se firmará próximamente y que se adjuntará como anexo del presente contrato.
A fecha de hoy no se puede llevar a efecto la firma de dicho anexo (garantía de alquiler) por no haberse localizado el impreso en los sitios habituales de venta, cuando se encuentre, éste será firmado por arrendador y arrendatario.
También se dice que ambas partes se somenteran en caso necesario a la competencia de la jurisdicción ordinaria correspondiente a la localidad donde radica la vivienda.""
A ver si con estos datos me puedes ayudar nuevamente.
Muchas gracias y un saludo
Personalmente nunca he usado las "garantías de alquiler", por lo que mi experiencia es mínima.
Han manifestado de forma clara que desean someterse a Arbitraje en caso de conflicto, pero al no haber firmado el impreso correspondiente... queda todo un poco en el aire, y tendrá que acabar recurriendo a la justicia ordinaria (juzgado), que según leo será el de la población en que radica la vivienda alquilada.
Puede solicitar al inquilino que fije fecha para la firma del impreso, según lo acordado en el contrato, y en caso de que se niegue tendrá otro motivo más para demandarle (la falta de pago y el incumplimiento de compromiso para firmar el impreso de garantía).
Cualquiera de las anteriores circunstancias son causa de rescisión de contrato, pero lamentablemente habrá que pasar por la vía judicial para obtener resultados.
Lamento no tener mejores soluciones, pero cualquier enfoque termina en el Tribunal (salvo que el cliente firme el impreso, en cuyo caso la vía sería la Corte Arbitral).

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