Comunicación de embargo 10 años después de sentencia
En enero de 2001 fui condenada en juicio por impago de alquiler de una vivienda. Presentado recurso en diciembre de 2002 se dicta auto por juzgado de primera instancia en el que se indica que se proceda al embargo de bienes para cubrir la deuda. Resolución firme y sin que quepa recurso según Art. 551.2 LECn.. De todo ello ni mi abogado ni mi el juzgado me hace llegar ninguna información., supongo que por mi cambio de domicilio.
No es hasta hoy 24 junio 2012 (casi 10 años después) que el juzgado me entrega la sentencia y el auto junto con una ·"diligencia de presentación".
Mis preguntas son: ¿Cabe algún recurso? ¿Existe prescripción y en su caso cuales son los plazos y formas de acreditarlo? ¿Puedo de alguna forma retrasar o impedir el embargo de bienes?