En cualquiera de los casos se aplicaría el régimen jurídico general del Código Civil estatal. A raíz de tu pregunta debo hacer una aclaración. Estar de pareja de hecho no es que tu pareja tenga derecho sobre derechos que tu tienes, es decir, si tu madre fallece él no tiene ningún derecho de percibir herencia si ella no le deja nada. El estar en pareja de hecho supone que él tiene derecho sobre parte de tus bienes si os separáis o bien si tu falleces, pero en ningún caso él tiene o adquiere derechos que tu ya tengas por tu condición de hija. Igual pasa con la donación, que tu madre te done a ti unos bienes, no quiere decir que también se los done a él, sino que en caso de separación de la relación y de no haber realizado separación de bienes, o bien un pacto pre-"matrimonial", el tendrá derecho al 50% de los bienes por ser bienes comunes. Como abogado me he encontrado algunas veces con estas situaciones, y son más fáciles de lo que parecen a simple vista
Si tiene cualquier cuestión o pregunta, no dude en contactar conmigo y preguntar.
Saludos cordiales.
Marc
Abogado