Sociedad Anónima y bienes privativos

Necesito saber si las acciones de una sociedad anónima,( en la que mi difunto marido tenía con los socios, un acuerdo de que los bienes de esa sociedad, eran de su exclusiva propiedad,) ahora mi asesor me dice que yo ahí no tengo nada, porque pasan exclusivamente a mis hijas. Estoy segura que será verdad, pero si yo he estado a las duras en los embargos de mi esposo, ahora no tengo ningún artic. ¿Al qué agarrarme para poder estar un poco a las madura?

Respuesta
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En contestación a su pregunta, para emitir una respuesta adecuada habría que analizar la documentación de que dispone, por si Vd. pudiera tener algún derecho de usufructo sobre las acciones, pero repito, tendríamos que analizar la documentación y estatutos de la sociedad.

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Hola de nuevo experto: mi pregunta es si en el código civil,existe algún artículo que pueda rebatir en algunos casos, la naturaleza privativa de las sociedades anónimas, referente a las acciones que la componen.

Perdone si no comprendo su respuesta, ya que yo nunca había dudado, de mi derecho a aceptar la cuota viudal usufructuaria, aunque fuesen acciones de un ES.A.

Un saludo y grácias

En contestación a su pregunta, si en la escritura notarial donde se contemple la aportación de los bienes por parte de su marido a la sociedad se dice que tienen carácter privativo y, hasta la fecha, nadie ha impugnado ese carácter, los BIENES SON PRIVATIVOS y en consecuencia las acciones adjudicadas son privativas, esto es lo que establece la Ley.

Por otro lado y, conforme dice que no entiende porqué esto es así ya que ha estado a las duras de embargos, la Ley estipula que si Vd. está casada en gananciales con su marido y ocurre que los negocios no funcionan todo lo bien que se esperaban y comienzan a llegar problemas (embargos, etc...) Vd. puede solicitar la liquidación de la sociedad de gananciales para proceder al reparto del patrimonio que tuvieran en común, por lo que la Ley lo deja bien claro, ahora otra cosa es que no ejerciera esta opción por las razones que fueran.

Siento no poderle ofrecer otra alternativa.

Hola experto: el notario no va a meter por el momento esta sociedad en la escritura hereditaria, que quiero firmar con mis hijas dentro de unos días, así que el tiempo va a ser mi aliado, y podré ir descubriendo alguna solución.

Mi difunto, nunca quiso acceder a mi petición de liquidación de gananciales, ni siquiera me hizo caso y aceptó la herencia de sus padres, muertos desde hace más de 8 años, y cuya actitud de los tíos es la del silencio, no por mi parte que les digo que por favor arreglen la herencia de mis hijas, (de sus abuelos, no aceptada todavía) y que como resultado a su desidia legal, no podemos incluir en la herencia de su padre. Ya sé que serán también bienes privativos, pero seguro que la cuota viudal usufructuaria, me corresponderá, yo heredo de mi marido, no de sus padres, como ellos en su ignorancia creen.

Bueno experto, no quiero molestarle más, yo vivo en Málaga, y voy a necesitar un buen abogado como VD. si se le ocurre alguna fórmula, para poder ayudarme en estos temas, le agradecería me lo comunicara, con estas tecnologías creo que no hay distancias.

Muchas gracias, de corazón.

Vd. Puede estar tranquila, ya que para cualquier consulta o duda que puede albergar sobre este y otro temas, nuestro mail se encuentra siempre abierto, las 24 horas del día, los 365 días del año, obteniendo una contestación en menos de 24 horas.

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