Artículo 77 Código Penal
no entiendo el art. 77.2 CP. ¿Cómo puede ser una parte de una pena mayor que esa misma pena, y encima sumada a otra(es)? ¿Cuándo llega a aplicarse el 77.3? Matemáticamente parece imposible que se aplique nunca.
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Respuesta de Julen Zarraga Abogado
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