Debo una cantidad a un proveedor me pueden embargar

Debo 1900 euros a un panadero, de un negocio que actualmente ya he dejado, este, panadero, me reclama como es lógico esta cantidad, pero yo ahora mismo no puedo hacer frente a ella.

Mi pregunta es:si no le pago este proveedor me puede embargar.

Y otra cosa si me pudiese embargar cuanto le costaría a el las tasas, que han sido aprobado recientemente 150 o 300

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Si, puede iniciar un procedimiento judicial y cuando haya sentencia, si ud. no le paga, él podría pedir el embargo de sus bienes.

Las tasas son 150 euros.

Le sugiero que para evitar los gastos de las costas judiciales (que incluyen las tasas judiciales), se ponga en contacto con su proveedor y le proponga una forma de pago fraccionado que usted pueda asumir.

http://www.lopezcollado.es/
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Un cordial saludo.
Jaime Lopez Collado
Abogado
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hola de nuevo, yo he intentado llegar a un acuerdo con el de pagar 100 euros todos los meses, y el se a negado.como lo ha puesto por medio de una asesoría,estos se han puesto de acuerdo conmigo ,para intentar solucionar esto,pero claro,me piden 500 euros mas de lo que se le debe,y que tenia que hacer el primer ingreso antes de el 31 de diciembre,si no ,no había acuerdo,entonces no se a que actuación ya debo tomar.usted que me aconseja gracias.

Podrían ponerle un monitorio, y después ejecutar la deuda. Con las tasas del monitorio, y las costas de la ejecución (y las tasas de ésta), más los intereses, todo esto podrían suponer 700 euros más.

Si Ud. no tiene medios económicos y cobra poca renta, podría solicitar un abogado y procurador de oficio, con lo que ellos se quedarían sin poder cobrar las costas. Si tiene pocos ingresos (menos de dos veces el SMI no podrán embargarla. Todos los ingresos que pasen del duplo del SMI se podrán embargar (el 30% de ese exceso);

Haga cuentas, y vea si puede proponer un pago un poco superior, o si no han de poder embargarle, pida abogado de oficio y no podrán cobrar nada. Dígales esto para que acepten su pago. Es mejor que vayan cobrando 100 al mes que no cobrar nada.

Rectifico: para solicitar abogado de oficio, debe cobrar menos del duplo del salario mínimo; pueden embargarle a partir de lo que exceda del SMI (30% exceso del primer tramo, 40% exceso del segundo, y así...)

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