Renuncia herencia deudas

Una persona jubilada cobrando una pensión
de viudedad, sin otro bien conocido, y con varias deudas con un valor
aproximado a 5000 €; al fallecer, ¿estas
pasarían a sus hijos?, (no hay hecho testamento ni se prevé)


¿Estos últimos además de pagar la deuda? Deberían pagar algún
impuesto por recibir esta herencia, ¿cuál seria su importe aproximado?


¿Por último como podríamos actuar para que estas deudas no pasaran a sus hijos?, o una vez que estos recibieran esta
herencia, si quisieran renunciar cuanto les costarían los tramites, así como los posibles impuestos tanto para los que renuncian como para las personas que
posiblemente acepten la herencia.


Respuesta
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Las herencias, se aceptan en su totalidad (deudas y bienes), por lo tanto, en muchos casos, se hace una aceptación a titulo de inventario.

En cuanto a impuestos, depende de muchas circunstancias, como su comunidad autónoma...

Ademas, de los gastos de notario, registros, etc...

Le recomendamos se pongan en manos de un abogado, que les ayude. Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

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Respuesta
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Si aceptan la condición de heredero, aceptan las deudas y han de hacer frente a las mismas.

La solución es muy simple, si se sabe que no existen bienes, no hay que hacer absolutamente nada si no lo desea, porque no se puede obligar a nadie a aceptar una herencia con pasivo declarado.

Ruego cierre y valore

El mismo día que fallezca, el derecho a la percepción de dicha pensión, se pierde, porque desaparece el sujeto pasivo de la misma.

Ruego cierre y valore

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