Casarme sin separación de bienes. Mi mujer tendría derecho al dinero y propiedades que yo tengo.

Si me caso sin separación de bienes, ¿en caso de fallecimiento mi mujer tendría derecho a mis propiedades y dinero que yo ya tengo? Es que tengo un hijo y querría que fuera para el, ya que mi futura mujer también tiene hijos.

Respuesta
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No tiene nada que ver en qué régimen matrimonial se case usted con el asunto hereditario. Lo que usted ya tiene en propiedad es privativo suyo y a lo que tendría derecho su esposa en caso de fallecimiento, es al usufructo de 1/3 de lo que deje en herencia, y en su caso a la mitad de los bienes gananciales que se hayan generado después de haber contraído matrimonio y si lo hace bajo ese régimen además del 1/3 de usufructo sobre el otro 50%. Son sus hijos quienes heredarán en propiedad todos sus bienes por ser herederos forzosos.

Rogándole que proceda a finalizar la pregunta, a fin de que no quede pendiente, y la valore como considere conveniente.

entiendo que el dinero que tengo seria para mi hijo. y de mis propiedades la mitad de un tercio lo heredarían los hijos de mi pareja??aunque no sean mis hijos. un saludo gracias

Todo lo que tiene usted ahora por ser privativo lo heredará su hijo y los posibles otros hijos que tenga de su actual relación, pero tienen que ser hijos suyos no exclusivamente de su pareja. Al expresar sus hijos me refería exclusivamente a los suyos.

Si una vez casado no adquiere ninguna propiedad más, su hijo heredará dichas propiedades y su pareja 1/3 de las mismas en uso y disfrute (usufructo). Dicho usufructo se puede valorar, pagar y liquidar por el otro heredero, es decir, su hijo.

Si se casa ahora y adquiere propiedades con su nueva pareja será cuando los hijos de ambos (el suyo y los de ella en caso de que ella también fallezca) hereden las mismas.

Recordándole nuevamente proceda a finalizar la pregunta.

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