El banco reclama una deuda del año 2000 de mi padre fallecido

Reclaman a todos los hijos, incluyendo dos que han muerto, el pago de una cantidad pendiente de un préstamo que no se completó de pagar. No ha habido declaración de herederos y hasta la fecha no nos habían notificado nada. ¿Prescribe esa deuda al no estar notificada? ¿Hay obligación si no hay herencia?

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Si con anterioridad no os han mandado burofax, las deudas bancarias prescriben a los 15 años según el código civil, Artículo 1964.
La acción hipotecaria prescribe a los veinte años, y las personales que no tengan señalado término especial de prescripción a los quince.
Reseñar que la prescripción se interrumpe con un burofax que vuelve a reiniciar el cómputo.

Gracias, yo no her recibido ninguna notificación anterior y desde hace 17 años vivo en el mismo domicilio, estoy al corriente con hacienda , SS etc, es decir localizable. Entiendo que ha prescrito pero no se si al no haber herencia esa deuda ha sido nuestra en algún momento.

Si no os ha citado ningún juzgado, mejor dejazlo pasar.

El caso es que si nos cita el de primera instancia a todos los hijos, incluso los que han muerto y a los avalistas que algunos han fallecido también.Según tengo entendido no procedería pero n se que ocurre si se deja pasar. Gracias por las respuestas

Entonces si os cita el juzgado si hay que ir, no os fijéis en los que han muerto, precisamente es para aclarar la situación.

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