¿Que cantidad máxima de deuda se necesita para proceso monitorio sin abogado?

Hemos comprado un bar, lo arreglamos y lo pusimos en alquiler. Faltaba por poner algunas cosas (cafetera, lava...) y las puso nuestro arrendatario aparte de pagarnos una fianza de 9000,00 euros. Al año ha dejado de pagar y hemos ido tirando de la fianza para pagar la comunidad, hacienda... El próximo mes ya nos empezaría a deber dinero. Hemos hablado con el, nos da largas y le he enviado una carta certificada con acuse de recibo que no ha querido coger. Y la pregunta es: ¿Puedo emitir yo misma ante el juzgado un proceso monitorio? ¿Es obligatorio abogado para realizar la presentación? Es que estamos en números rojos. El impago en el proceso monitorio sería del total de la deuda ¿con o sin fianza?

Respuesta
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Puede Ud. iniciar el proceso monitorio; pero no debe olvidar que debe cumplir los requisitos legales, debe acudir al juzgado, cumplimentar la documentación y personarse para todas las gestiones en el horario habilitado.

El problema se crea cuando se pierden días, horas, o el juzgado rechaza procesos por no cumplir la normativa. Es una cuestión económica que debe decidir.

Si le interesa ese servicio de una forma económica, puede contactar conmigo en [email protected]

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