Dispone Ud de una acción civil (acción de mera indemnización), interponiendo demanda judicial exigiendo daños y perjuicios por vulneración de su derecho al honor, y fijando Ud. la cantidad que reclama como indemnización (sin perjuicio de que esérá el Juez, a su arbitrio, quien fije finalmente la indemnización).
Puede Ud. igualmente interponer una denuncia penal, que además de la indemnización civil, supondría en caso de condena al autor que el mismo fuera sancionado penalmente en caso de que sus insultos e infracción del derecho al honor fueran considerados constitutivos de un delito o de una falta.
Un cordial saludo
www.lopezcollado.es
Barcelona. Avda. Diagonal 469
Tenga en cuenta que la asesoría en esta web es meramente orientativa. No se han examinado antecedentes o documentos que pudieran hacer no idónea la respuesta. No debe sujetar sus actos a los criterios o plazos que se hayan expuesto si no recibe una atención personalizada del asunto.
Si considera resuelta su consulta, ruego tenga a bien Finalizar la pregunta.