Reconocimiento de poder notarial

Mi madre por su avanzada edad no has otorgado un poder notarial solidario a un hermano y a al que subscribe, para poder representarla ya que ella casi no tiene movilidad, es un poder notarial amplio, hemos ido al banco donde tiene una cuenta y no hay forma de que acepten y reconozcan el poder, alegando que mi madre tiene que firmar la cancelación de un deposito a plazo, cuando el deposito esta sin plazo habiendo sido los empleados los que por su cuenta lo cancelaron, el caso es que tienen la cuenta bloqueada y a nosotros no ponen nada mas que pegas para el reconocimiento de las firmas, hemos hecho una denuncia al banco pero no nos han dado una respuesta satisfactoria, esto sera denunciable, puesto que tienen la obligación de reconocer el poder, como podemos actuar para subsanar esta situación y que no sea lesiva para nuestros intereses.

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Siento no poder darle una respuesta satisfactoria porque es necesario conocer todos los documentos y las razones y fundamentos en que se apoya el banco.

Lo más recomendable es que acudan a un abogado en persona, con todos los documentos, para que envíe un burofax al banco, previa una reclamación judicial si así lo estimaran conveniente.

Tenga en cuenta que es posible que el banco no permita la cancelación de la cuenta porque su madre tenga otra en la que el saldo resulte a deber, algo a lo que el banco estaría legitimado.

Pero desconozco por qué no admiten su poder notarial. Insisto: pongan el caso de forma personal en manos de un despacho cercano, pues es necesario examinar los documentos y hablar con el banco en su representación.

Le diré para su conocimiento que el documento se ha depositado en otra sucursal de la entidad bancaria, pero en la oficina donde esta la cuenta abierta el director de la misma es el que esta poniendo estos obstáculos, alegando que mi madre tiene que firmar, que el deposito a plazo se canceló antes de haber vencido, y esto lo hicieron ellos por su cuenta y ahora quieren que mi madre firme, y mientras tanto el dinero esta a la vista pero bloqueado, y ante esta imposición no se puede ir a una comisaria y poner una denuncia, y que la policía intervenga, es que no lo se `por eso se lo pregunto, que por cuestiones de esta índole haya que ir a un juicio, y un ciudadano ante este atropello tenga que gastarse el dinero, gracias.

Reciba un cordial saludo

Es que antes de acudir a juicio conviene reclamar formalmente al propio banco mediante burofax y posteriormente, tanto si no hay respuesta como si la hay pero no están conformes, poner los hechos en conocimiento del Banco de España. La vía judicial siempre está abierta, pero conviene agotar primero otras posibilidades.

En cuanto a que ello suponga un gasto de dinero, tenga en cuenta que si tienen razón y ganan el juicio, condenarán en costas a una empresa que es perfectamente solvente por lo que le reintegrarían las cantidades gastadas en el pleito.

Insisto, es recomendable que acudan a un abogado para que examine los documentos personalmente y les asista en la vía a seguir. Si tienen razón, no debe preocuparle el coste.

Pero para denunciar este hecho necesitamos abogado, no me ha quedado claro, aquí no estamos reclamando dinero, solamente que se reconozca un documento emitido por un notario, el gabinete jurídico del banco ha evaluado el poder dándole su aprobación, es solamente la obstrucción del director de la sucursal, acláreme Vd. esta duda, gracias y perdone la insistencia.

Un saludo

No hay de qué.

No, no necesariamente necesitan un abogado. Por eso en el primer párrafo le hablo de la "vía de hecho" o "extrajudicial". Para enviar comunicación al Banco de España o burofax a su entidad no necesitan abogado. Yo simplemente lo recomiendo pero entiéndame bien: no por corporativismo, sino para su mayor y mejor defensa. Pero desde luego no es obligatoria la ayuda de un abogado.

En la "vía de derecho" o "judicial" sí necesitarían la asistencia de un letrado, pero por eso les hablo primero de agotar las posibilidades empezando por la vía de hecho.

Sé que no están reclamando dinero, sino que se reconozca no ya un poder notarial, sino a los facultados en él para llevar a cabo labores de administración de la cuenta, algo que también puede defenderse en juicio contra el banco, que no lo permite.

Finalmente, le decía de un abogado para estudiar todas las vías porque si el banco se negara a permitirles gestionar la cuenta, quien se apodera de ella es el banco, y quizás podría acudirse a la vía penal por un delito de apropiación indebida. No lo sé con seguridad, pero si un abogado examina el caso y los documentos, podría preferir optar por esta vía en lugar de la civil.

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