Pago de IBI atrasado

Hace ya unos 7 años compré sobre plano mi primer piso, la obra se finalizó hace unos 4 años, pero mi escritura se llevó a cabo hace 2 años. Aún no hemos recibido el IBI y de los pocos que lo han recibido viene aún a nombre de la constructora.

Han decidido los que tienen el recibo que no lo pagarán hasta que no venga a nombre del titular de la escritura.

¿Es normal que tarde tanto y que venga a nombre de la constructora?

Había oído que si pasan 5 años desde que escrituras y el recibo por poner un ejemplo llega a los 8 años... Tu solo pagarías 5 años de IBI, los otros 3 no se pagan.

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El IBI es un impuesto que va afecto a la vivienda no al titular de la misma, con lo cual independientemente de a nombre de quien vaya, se ha de abonar, porque si no podría acabar teniendo un embargo sobre la vivienda, derivado de dicho impago.

En cuaasí que quizás también debería acercarse al Catastro. En cuanto a lo de no pagar IBIS vencidos, una vez que el recibo se ha girado y se ha iniciado su tramitacion, ya no vence, sino que luego pasa a ejecutoria.</span>

De acuerdo. pasaré por el catastro y me informaré de esto. Lo que si quería hacer es otra consulta al respecto. ¿desde cuando tengo yo obligación a pagar el recibo?

Porque yo compré en plano, como ya dije antes. La cédula de habitabilidad se entregó a la constructora hace 4 años y yo escrituré solo hace 2.

Así que mi duda es... si yo pagaría los años que llevo escriturado o desde que se dio la "Cédula de habitabilidad".

Gracias.

Te corresponden los años desde que esta escriturado, ahora, recuerda que si la constructora no abona los que le corresponden sera una carga contra el piso.

Un saludo, agradecería valoración respuesta,

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