Primeramente decir que para legalizar una gestoría deberá poseer el titulo de Gestor Administrativo. En el siguiente enlace le dirigirá a la última convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Estado que contiene los requisitos y el temario completo.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/09/03/pdfs/BOE-A-2010-13697.pdfCon el Titulo de Licenciada en Derecho, tendrá que superar las pruebas de aptitud que se convocan por el Ministerio de la Presidencia a través de la Vicepresidencia Primera del Gobierno o las convocadas por las Comunidades Autónomas de Galicia y Cataluña.
Otra opción para ser Gestor Administrativo sin necesidad de presentarse a las pruebas de aptitud, es haber superado el Máster Oficial en Gestión Administrativa impartido por la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Abat Oliva CEU, por iniciativa del Colegio de Gestores Administrativos de Cataluña.
DerechosLos Gestores Administrativos tienen entre otros los siguientes:
1º Promover, solicitar y realizar toda clase de trámites requeridos por las leyes para el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones, ante cualquier órgano de las Administraciones públicas, a solicitud de cualquier persona física o jurídica, con la excepción de las facultades reservadas legalmente a otras profesiones tituladas.
2º Ser electores y elegibles para cargos colegiales reglamentarios, los del Consejo de Colegios de las Comunidades Autónomas y los del Consejo General.
3º Percibir los suplidos y los honorarios correspondientes.
4º Ser incluidos en aquellos servicios que puedan establecer los respectivos Colegios, los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas oel Consejo General.
5º Los Gestores Administrativos podrán colaborar con la Administración pública con la finalidad de agilizar la tramitación de los procedimientos y para ello, se podrá acordar entre los órganos administrativos competentes y Colegios de Gestores Administrativos la adopción de las medidas procedentes para facilitar la presentación de documentos.
Deberes1.º Ejercer la profesión con arreglo a sus disposiciones reguladoras.
2.º Conservar constancia de los asuntos tramitados, de acuerdo con la naturaleza específica de cada despacho, durante un período de cinco años, contados desde la terminación del asunto.
3.º Hacer constar en todos los documentos y escritos relativos a su actividad profesional, su nombre y apellidos, condición de colegiado y sello profesional y, en su caso, el logotipo.
4.º Someterse en todo momento a las normas de protección de los valores y derechos constitucionales.
5.º Pedir la venia para encargarse de la gestión de asuntos encomendados previamente a otros profesionales para observar las reglas de consideración.
6.º Guardar el secreto profesional de lo que conozca por razón de su actividad.
7.º Mantener su formación profesional en permanente estado de actualización.
8.º Suscribir y mantener en vigor una póliza de responsabilidad civil que garantice su actuación en las formas y cuantía que prevea el Estatuto Profesional.
9.º Informar, aconsejar y asesorar a sus clientes, a los efectos del más eficaz desarrollo del procedimiento administrativo en el que tenga lugar su actuación, actuando en todo caso en régimen de libre competencia.
10. º Ejercer personalmente la profesión sin interposición de persona alguna, así como mantenerse en alta en el Colegio de Gestores Administrativos correspondiente a su domicilio profesional.
En el siguiente enlace se sincluye un documento denominado ¿cómo abrir una Gestoría?:
http://www.redlabora.net/descargar-Gestoria-252.htmlEl Consejo General de Gestores Administrativos de España, tiene la siguiente dirección:
C/ Mayor, 58, 1º. 28013 Madrid
Tfn. 915 471 510
Fax. 915 400 650
E-Mail:
[email protected] Horario de Secretaría:
De Lunes a Jueves de 8:30 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:30 horas
Viernes de 8:00 a 15:00 horas
Les deseo suerte
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