¿Puedo demandar a una empresa que le he pagado una obra sin IVA? No obstante le he pedido factura

Espero que pueda ayudarme a decidirme, pero he hecho una obra y 2 de las empresas contratadas me han engañado o han realizado mal su trabajo. Estas empresas han cobrado pero sin IVA, les he pedido factura pero tarde, aunque verbalmente tenia un acuerdo con una de ellas para hacer la factura a medias.

No cogen el teléfono y los daños son importantes, en el caso de uno de ellos es una piscina, a la cual se le cae el gresite y el otro caso es un profesional del hormigón impreso que no quiere acabarme la obra por el precio acordado y además lo realizado tiene numerosos fallos y no ha sido realizado según lo presupuestado.

Lo peor de todo es que no tengo factura de los trabajos y en eso se apoyan ellos para tomarme el pelo lo que quieren y más. Sé que si les denunciase ganaría el juicio, en el caso de que tuviese facturas, pero no sé si sin facturas puedo ganar. Además a uno de ellos el de la piscina, le pagué el total de la obra y 400 euros más para una lona hace ya 4 meses y ha desaparecido, y lo peor es que pagué delante de testigos no allegados a mi, pero no le hice firmar un papel, pues se me olvido por el estado de nervios al que me tenia constantemente expuesto, algo que se ha notado en mi trabajo tanto como para también perderlo.

¿Puedo hacer algo o tengo que resignarme?

Gracias, un saludo.

Dani

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En contestación a su pregunta, entendemos que su situación es compleja, pero como la prueba de una factura, albarán o contrato de ejecución de obra no existe otra más directa ante un tribunal.

A pesar de esto, se podría abordar la situación de forma indirecta, mediante testigos que conozcan la situación y la relación comercial entre los ejecutores y Vd., pudiendo el juez considerarlos idóneos y darle la razón a Vd.

Ahora bien, estas empresas que normalmente dejan los trabajos sin acabar (y no por problemas de pago principalmente) aunque tengan una sentencia condenatoria presentan problemas en la ejecución de sentencia, esto es, no se consigue cobrar el dinero por daños, por lo que Vd. deberá decidir si es más apropiado a sus intereses la demanda judicial o darle otra solución a su problema.

Sin otro particular, atentamente.

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