Calculo de embargo

Hola crisma,
Gracias por anterior pregunta.
Tengo una orden de embargo cursada por el Juzgado para cubrir un débito de 25.789 euros, a partir del 1-12-2004, me retienen mensualmente de mi pensión la cantidad de 513,50 euros y cobro mensualmente la cantidad de 1.673,83 euros, más dos pagas extraordinarias.
Si los meses que va incluida la paga extraordinaria me descuentan lo mismo. ¿Cómo hacen el calculo para la retención de 513,50?.
Si posteriormente el Juzgado acuerda aplicar una rebaja del 10% a la retención que se venia practicando en base al articulo 607.4 de la LEC.
La TGSS me retiene actualmente 462,15 euros. ¿Es correcto el calculo de la rebaja del 10%?, ¿O la rebaja del 10 % se aplica en los porcentajes del articulo 607.?
Un saludo. Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
<%=Texto%>
Hola,
No es posible que los meses en que tengas pagas extras te quiten lo mismo, ya que los embargos se realizan a través de una escala de tantos por ciento, dependiendo del SMI. Y ese % se aplica al salario neto a percibir, por eso, cuando hay pagas extras, el embargo aumenta.
La rebaja del 10% se aplica sobre los porcentajes de la Ley, y no sobre los descuentos de la Seguridad Social.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas