Hola buenos días. Tengo un familiar que es autónomo y le han concedido un 65% de discapacidad. Trabaja de autónomo y gana unos 700 euros mes. Me gustaría saber si puede solicitar una PNC o es mejor solicitar una invalidez por la Seguridad social.
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Respuesta de tramont
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tramont, Experto en derecho del trabajo, seguridad social y gestión laboral
La pensión contributiva por incapacidad permanente casi siempre son mayores, piensa que la invalidez con contributiva es más asistencial (como una pequeña ayuda) para aquellos que no disponen de recursos. La IPT (suponiendo que cotiza por la base mínima) sería de: 449 euros. Mientras que la invalidez, estaría en función de si tiene personas a su cargo, al rededor de los 340 euros. De todas formas, acude al INSS y que te calculen la IPT y después vas al IMSERSO y que te calculen la invalidez, y a partir de que te digan seguro de cuanto será la pensión decides. Pero ya te digo que no creo que varíe mucho de los datos que te he dado.
El problema que tengo es que el tiene una pequeña empresa. ¿Tendría qué cerrarla si le dan la incapacidad para trabajar por la Seguridad social? El es el único que trabaja en ella. Tiene 9 años cotizado Me han comentado que te pueden dar diferentes tipos de discapacidad por la seguridad social. Si en cambio solicita una Pensión no contributiva ¿Podría seguir trabajando? Muchísimas gracias por todo
Si solicita una pensión contributiva, efectivamente existen distintos grados: Parcial, total, absoluta y gran invalidez. Con las dos primeras puedes seguir trabajando. Con una IPT puedes seguir trabajando mientras cobras la pensión, pero en una profesión distinta de la habitual, por lo que no podría trabajar en esa pequeña empresa. Lo que si que podría ser es titular, vamos que no tendría porque cerrar la empresa, simplemente nombrar a una persona que se haga cargo de la misma. Con la absoluta y la gran invalidez no puede seguir trabajando, aunque si que puede seguir siendo titular de una empresa, salvo que la sentencia que otorgue la incapacidad le niegue esta posibilidad. Respecto a la invalidez no contributiva, aquí no se diferencian distintos tipos; te la dan si tu minusvalía es igual o superior al 65%. Y aunque antes no era compatible con el trabajo, desde hace 3 años existe la posibilidad de compatibilizarlo. Y si la suma de la pensión y de los ingresos que percibes en el trabajo es inferior al IPREM (516 euros para 2008) no te reducen la pensión de invalidez. Pero el problema es si recibes rentas superiores a ese IPREM( sumando pensión e ingresos de trabajo), ya que te reducen el 50% de la cuantía que exceda del iprem. Por tanto, si por ejemplo percibe 1000 euros, sumando la pensión y sus ingresos de su trabajo le reducirán la pensión en 484/2= 242 euros. Ya es cuestión de que pases por el IMSERSO y por el INSS y que hagas números.