Tablilla semanal en la admnistracion

Nos están dando en una administración publica organismo autónomo, los horarios laborales, semana a semana, la sacan los viernes a las 15h. Con los horarios del lunes a domingo siguiente. Es imposible planificar nada de la vida personal o familiar. Esta semana por ejemplo, sacaron la tablilla el viernes 15h. Y yo estaba de turno de mañanas durante 2 semanas, pues me la cambian para trabajar por la noche con dos días libres entre semana y fin de semana trabajarlo. (Siempre tenemos sorpresa). No puedes quedar con nadie ni realizar nada pues no sabes que turno, ni que centro de trabajo te va a tocar. El contrato es de Auxiliar de servicios generales, chico para todo vamos, y por otro lado todos no van a protestar, pues hay quien se beneficia de ello (novio, amigos, etc). ¿Puedo hacer una petición individual?(Aunque por reclamar nuestros derechos ya hay represalias, sobre todo para los temporales) ¿Qué otras opciones tengo? ¿Puedo solicitar su cumplimiento vía inspección de trabajo? Otra situación ademas, es que como es una administración publica al demandar tienes que demandar a la institución, a la dirección y no es esta quien esta realizando esto. Y TODO lo relativo a Recursos Humanos o personal la dirección lo remite a este departamento. A ellos les da igual que demandemos, total ellos tienen su plaza y no les afecta, perjudicaríamos a la dirección pero no a ellos. También quería saber que legislación están incumpliendo y los artículos de esta.
Respuesta
1
Previamente a realizar una reclamación, debes conocer si este organismo autónomo está incumpliendo alguna norma respecto a la antelación con la que debes conocer los turnos de trabajo.
El trabajo a turnos está regulado en el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores (no creo que en tu caso fuera aplicable el estatuto para el personal funcionario, pero me faltan datos para confirmarlo), pero omite el tiempo de antelación con que el trabajador tiene derecho a saber los turnos en que debe prestar servicios. Esta cuestión la suele regular el convenio colectivo aplicable, que debe figurar en el contrato de trabajo.
Otra vía para solucionar el problema, es acudir al delegado de personal, comité de empresa o delegado sindical, que en la administración pública suelen tener bastante fuerza. Te pueden asesorar tanto en tus derechos, como en las vías de reclamación. Como última opción, puedes afiliarte a un sindicato.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas