Cobro de la prestación por desempleo, incapacidades y otras cuestiones laborales
Quería preguntarte una duda y para ello primero te corto y pego un texto legal que creo es "la fuente" de todo salvo que me digas que haya otro más adecuado ... Corresponde a una respuesta de un caso similar que diste en marzo del 2004 en este mismo portal :
Texto:
Ley General de La Seguridad Social, que dice...
A222.3: "Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase ala situación de incapacidad temporal que constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de
duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en la misma cuantía en la que la venía percibiendo.
Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase ala situación de incapacidad temporal que no constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en cuantía igual al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extras."
En base a lo anterior mi pregunta es la siguiente :
En la Ley General de la Seguridad Social, articulo 222.3 se indica lo escrito arriba y mi interpretación es la siguiente :
Si ha habido una incapacidad temporal, estando vigente un contrato de trabajo y luego el perceptor pasa a cobrar el paro, pasado un tiempo, solicita el alta y sigue cobrando el paro y luego vuelve a recaer en un periodo inferior a 6 meses (por la misma enfermedad), y sigue en el paro, seguirá cobrando el paro hasta que éste finalice el mismo. Si agotado el paro, sigue en situación de incapacidad, cobrará del INSS la misma cuantía que cobraba en el paro. Pero si la recaída ocurrió en un periodo superior a 6 meses, cobrará sólo el 75% del salario mínimo interprofesional
Mi pregunta es: El trabajador todo el tiempo está cobrando el paro
Mi pregunta es : Si la persona esta cobrando el paro y le es concedida la baja por incapacidad, sigue cobrando el paro, pide el alta porque se encuentra mejor ( y sigue cobrando el paro), pero sufre una recaída en un periodo inferior a 6 meses y por la misma enfermedad y le vuelven a dar la incapacidad temporal, seguirá cobrando el paro. Mi pregunta es : si sigue de baja por incapacidad y se le agota el paro, puede también cobrar del INSS la cuantía igual que el paro ¿o no puede ser porque la primera incapacidad ocurrió estando cobrando el paro y no durante la vigencia de un contrato de trabajo... Gracias
Se que es casi un "trabalenguas", pero creo que está bien sintetizado técnicamente.
Muchas gracias.
Pd : Te ruego por favor, me respondas cuanto antes, ya que tu respuesta en un sentido u otro cambiaría mucho las cosas...
Texto:
Ley General de La Seguridad Social, que dice...
A222.3: "Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase ala situación de incapacidad temporal que constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de
duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en la misma cuantía en la que la venía percibiendo.
Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase ala situación de incapacidad temporal que no constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en cuantía igual al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extras."
En base a lo anterior mi pregunta es la siguiente :
En la Ley General de la Seguridad Social, articulo 222.3 se indica lo escrito arriba y mi interpretación es la siguiente :
Si ha habido una incapacidad temporal, estando vigente un contrato de trabajo y luego el perceptor pasa a cobrar el paro, pasado un tiempo, solicita el alta y sigue cobrando el paro y luego vuelve a recaer en un periodo inferior a 6 meses (por la misma enfermedad), y sigue en el paro, seguirá cobrando el paro hasta que éste finalice el mismo. Si agotado el paro, sigue en situación de incapacidad, cobrará del INSS la misma cuantía que cobraba en el paro. Pero si la recaída ocurrió en un periodo superior a 6 meses, cobrará sólo el 75% del salario mínimo interprofesional
Mi pregunta es: El trabajador todo el tiempo está cobrando el paro
Mi pregunta es : Si la persona esta cobrando el paro y le es concedida la baja por incapacidad, sigue cobrando el paro, pide el alta porque se encuentra mejor ( y sigue cobrando el paro), pero sufre una recaída en un periodo inferior a 6 meses y por la misma enfermedad y le vuelven a dar la incapacidad temporal, seguirá cobrando el paro. Mi pregunta es : si sigue de baja por incapacidad y se le agota el paro, puede también cobrar del INSS la cuantía igual que el paro ¿o no puede ser porque la primera incapacidad ocurrió estando cobrando el paro y no durante la vigencia de un contrato de trabajo... Gracias
Se que es casi un "trabalenguas", pero creo que está bien sintetizado técnicamente.
Muchas gracias.
Pd : Te ruego por favor, me respondas cuanto antes, ya que tu respuesta en un sentido u otro cambiaría mucho las cosas...
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Respuesta de ecomar
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