Registro de entidad deportiva en Cataluña.

Agradecería mucho me informaran si los 12 socios promotores que se piden para fundar una entidad deportiva en cataluña han de ser myores de edad.Se habla de plen capacidad de obra pero no de mayoría de edad.
Respuesta
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En principio tienen PLENA CAPACIDAD DE OBRAR, según lo establecido por las Leyes, los MAYORES DE EDAD y los MENORES EMANCIPADOS (ver al respecto los Artículos 314 a 320 del vigente Código Civil).
No obstante, la PLENA CAPACIDAD DE OBRAR no existirá si el MAYOR DE EDAD o el MENOR EMANCIPADO están INCAPACITADOS de cualquiera de las formas previstas por la legislación vigente (ver al respecto el Artículo 199 y siguientes del Código Civil).
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. No dude en formular NUEVAS CONSULTAS (una vez finalizada y valorada ésta) para resolver sus dudas.

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