Disolver sociedad civil y crear otra

Soy socio al 50% de una sociedad civil, y llevamos tiempo con diferencias, ademas mi socio no se ve muy por la labor de seguir, y a mi me caen todas las responsabilidas.
Vamos a disolver la sociedad, mi pregunta es ¿puedo yo crear otra o ponerme como único autónomo independientemente de la sociedad, mientras esta se disulve?. La cosa es que no quiero perder a mis clientes mientras se esta disolviendo la sociedad ya que supongo que nos llevara un tiempo cerrar las cuentas.

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De entrada es algo que tendrías que pactar por escrito con tu socio para que no te pueda acusar de realizar actividades dentro del mismo sector aprovechando la sociedad en tu sólo y único provecho.
Por otro lado, tendrías que convencer a tus clientes por cuanto imagino que el ver disolverse la sociedad les puede generar un cierto miedo y desconfianza hacia el futuro de las relaciones comerciales.
Es una maniobra arriesgada que debe ser la continuidad de la sociedad civil una vez terminada esta.
No dudes en realizar una sociedad mercantil que dará mejores perspectivas a tus clientes por cuanto parece que das un paso adelante mientras que haciéndote autónomo das un paso atrás.
Otra opción es que alguien de tu confianza, aunque sea como testaferro, de continuidad a la sociedad civil.
Gracias, una cosa más, ¿cuánto tiempo se tarda en disolver la sociedad civil? Lo que quiero decir es que si hasta que no hallamos cobrado todo lo que esta en la calle, y pagado a todos los proveedores no podemos romperla. No se si me explicado bien. Yo quiero cobrar todo lo que me deben y pagar todo lo que debo, pero quiero desvincularme rápidamente de mi socio, porque se me aproximan obras en las que no quiero meterme hasta que no este todo arreglado porque si no esto es el cuento de nunca acabar. Pero claro no me puedo demorar porque sino esto disponible se la darán a otros. Gracias de nuevo
En principio, yo cerraría la actividad coincidiendo con el final del ejercicio. De todos modos, salvo que hayáis realizado la elevación a público de los acuerdos, la sociedad civil (imagino que Comunidad de Bienes) es un pacto o contrato en el que dos personas ponen sus bienes en común para desarrollar un fin concreto.
En este caso, habría que valorar, realizar un balance de la sociedad a fecha de disolución, así se deben contabilizar los activos y los pasivos por separado, se debe tener en cuenta lo que deben a la sociedad y aquello que deben a la sociedad y que van a cobrar a futuro, los impuestos a los que se deberá hacer frente y los gastos estructurales necesarios para convertir en un bien aquello que a la empresa se le adeuda.
De todos estos cálculos debe salir un cifra, el patrimonio neto de la sociedad y su valor real. A partir de ahí, la sociedad debe repartir el 50% a cada socio o en su defecto acordar los medios de pago diferidos para que no se produzca una descapitalización radical que ponga en peligro los compromisos adquiridos.
Así mismo, yo constituiría la sociedad mercantil unipersonal que le indiqué y trataría de contratar esas obras por otra vía. De todos modos pueden continuar con la sociedad en disolución todos aquellos compromisos hasta su extinción y vd., empezar a trabajar con su nueva empresa.
Muchísimas gracias, me ha sido de gran ayuda. Ademas ya hemos hablado las dos partes y estamos intentando resolverlo lo más rapido posible.
Muchas gracias de nuevo por su tiempo y sus aclaraciones.
Un cordial saludo.

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