¿Alta empresa?
Mi pregunta va referida porque en febrero del año 2008 mi socio y yo constituimos una
S.L . Nos asignaron un CIF provisional, y desde entonces y por motivos personales, no hemos podido desarrollar la actividad en sí. Tenemos un domicilio social, que al ser un piso propio solo genera gastos corrientes, pero que van a nombre de la sociedad. También tuvimos el gasto de la compra de muebles y los gastos de los catálogos que hicimos, además de varios gastos en proyectos que hemos estado viendo para realizar. Hemos presentado algunos presupuestos a clientes, pero no han llegado a buen término.
Mi pregunta es que un asesor amigo nuestro nos dijo que hasta que no facturáramos no era necesario ni darse de alta en el régimen de autónomos, ya que no recibimos un sueldo de la sociedad, y que al no haber facturado nada, hasta ver que íbamos a realizar la primera venta no era necesario.
Pero en primer lugar, he estado comentándolo por ahí, y no se hasta que punto podría ser un problema, y en segundo lugar, todas las facturas que hemos pagado durante estos meses a nombre de la sociedad, ¿el IVA no se nos devolverá hasta que realicemos una venta y nos repercuta no?
Además, no se hasta que punto presentar presupuestos sin elk cif definitivo podría meternos en problemas. Y si cuando vayamos (porque en breve queremos solicitar el CIF definitivo y darnos de alta en autónomos)puede ser un problema con hacienda que hayamos estado un año con el cif provisional.
Si alguien me pudiera despejar alguna de estas dudas le estaría muy agradecido
S.L . Nos asignaron un CIF provisional, y desde entonces y por motivos personales, no hemos podido desarrollar la actividad en sí. Tenemos un domicilio social, que al ser un piso propio solo genera gastos corrientes, pero que van a nombre de la sociedad. También tuvimos el gasto de la compra de muebles y los gastos de los catálogos que hicimos, además de varios gastos en proyectos que hemos estado viendo para realizar. Hemos presentado algunos presupuestos a clientes, pero no han llegado a buen término.
Mi pregunta es que un asesor amigo nuestro nos dijo que hasta que no facturáramos no era necesario ni darse de alta en el régimen de autónomos, ya que no recibimos un sueldo de la sociedad, y que al no haber facturado nada, hasta ver que íbamos a realizar la primera venta no era necesario.
Pero en primer lugar, he estado comentándolo por ahí, y no se hasta que punto podría ser un problema, y en segundo lugar, todas las facturas que hemos pagado durante estos meses a nombre de la sociedad, ¿el IVA no se nos devolverá hasta que realicemos una venta y nos repercuta no?
Además, no se hasta que punto presentar presupuestos sin elk cif definitivo podría meternos en problemas. Y si cuando vayamos (porque en breve queremos solicitar el CIF definitivo y darnos de alta en autónomos)puede ser un problema con hacienda que hayamos estado un año con el cif provisional.
Si alguien me pudiera despejar alguna de estas dudas le estaría muy agradecido
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Respuesta de mmmzzzmmm
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Respuesta de creaempresa
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