Duda con salario inembargable

Hola a tod@s. Quería plantear una duda a ver si alguien me puede ayudar. Tengo una S.L de nueva creación de la cual soy socia y administradora. Tengo que ponerme un salario y quiero saber cual es el mínimo para que haya embargo de salario. Creo que el tope se había subido pero en el caso de ejecuciones hipotecarias, que no es el caso. Pero para los "asuntos pendientes" que esta santa época del estado de bienestar nos ha dejado me gustaría asegurarme de poder tener para vivir. Aparte del mínimo mi duda es si el embargo se hace sobre el mínimo que te pongas o cuenta también los posibles extras que van en la nómina:gastos de viaje, comisiones... Así como si el embargo se hace siempre que va la nómina por el banco o es indiferente
Gracias por anticipado

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Los salarios inembargables son los que están por debajo del S.M.I., que este año esta en 641.4 euros al mes. Por lo que tendrías que tener un salario neto, menor que esta cantidad. Cuando se embarga una nomina, el obligado al pago en este caso es la empresa, por lo que es esta quien tiene que ingresar las cantidades adeudadas, como la empresa es quien paga, luego se le resta al trabajador esa cantidad de la nomina.

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