El traspaso del contenido de un negocio lleva iva si la otra persona va a ejercer la misma actividad
Una persona que se dedica a la actividad de mercería esta en estimación objetiva y traspasa el contenido de un local a otra que continua con la actividad y que ha optado por estimación directa. ¿Esa operación lleva IVA? La primera estaba en recargo de equivalencia y no presenta IVA trimestral, si lleva IVA ¿Debe declararlo en el 347? ¿La primera debe declarar el dinero recibido por este concepto como una ganancia en renta? Y la segunda ¿Puede deducir el dinero entregado como gasto? ¿Y el iva en caso de llevarlo? Estamos hablando de un importe de 20.000 euros.
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Respuesta de Ajc Asesor Fiscal
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