Partes accionariales y poder de decisión
Buenas
Somos 2 profesionales con más de 15 años de experiencia y nos hemos encontrado por la web con el objetivo de montar una SL de servicios informáticos. La idea principal de los servicios que facilitaremos es de mi futuro socio.
Tendremos un trabajo muy grande para realizar el primero paso y pasaremos probablemente entre 3 y 5 horas cada día durante meses aguantando económicamente con nuestros trabajos respetivos actuales.
Mi compañero empecé a montar bajo mi demanda un "contrato de colaboración mutua" que queremos luego firmar ante notario o identidad jurídica habilitada a validar tal documento. Ese contrato es un primero paso antes de montar la empresa y consta de varias clausulas para valorar nuestro trabajo durante los primeros meses y la implicación de cada uno hacia el otro. Indica ya las grandes lineas. Entre otras, ese primero borrador indica que tendré 49% de las acciones y mi compañero 51%.
Ahora, mi preocupación es de saber cual es la implicación de esa repartición ligeramente a su ventaja. Mi duda principal es el poder de decisión por ejemplo de donde irán los beneficios. En el caso ideal, suponiendo que al cabo de unos tiempos empezamos a tener beneficios importantes, tendremos que decidir las inversiones a realizar para seguir delante y estabilizar el negocio (contratos laborales, oficinas, material, etc ...).
Pues, en el caso de que no somos de acuerdo sobre tal o tal inversión, ¿qué pasa?
¿Hay una manera o herramientas jurídicas que permiten atribuir un poder de decisión igual independientamente del "peso accionarial"?
De toda forma necesitare pronto un recurso jurídico para ayudarme a modificar y ampliar las cluasulas de ese contrato.
Muchas gracias por su atención y aclararme sobre ese punto y las consecuencias que puede tener a largo plazo.
Somos 2 profesionales con más de 15 años de experiencia y nos hemos encontrado por la web con el objetivo de montar una SL de servicios informáticos. La idea principal de los servicios que facilitaremos es de mi futuro socio.
Tendremos un trabajo muy grande para realizar el primero paso y pasaremos probablemente entre 3 y 5 horas cada día durante meses aguantando económicamente con nuestros trabajos respetivos actuales.
Mi compañero empecé a montar bajo mi demanda un "contrato de colaboración mutua" que queremos luego firmar ante notario o identidad jurídica habilitada a validar tal documento. Ese contrato es un primero paso antes de montar la empresa y consta de varias clausulas para valorar nuestro trabajo durante los primeros meses y la implicación de cada uno hacia el otro. Indica ya las grandes lineas. Entre otras, ese primero borrador indica que tendré 49% de las acciones y mi compañero 51%.
Ahora, mi preocupación es de saber cual es la implicación de esa repartición ligeramente a su ventaja. Mi duda principal es el poder de decisión por ejemplo de donde irán los beneficios. En el caso ideal, suponiendo que al cabo de unos tiempos empezamos a tener beneficios importantes, tendremos que decidir las inversiones a realizar para seguir delante y estabilizar el negocio (contratos laborales, oficinas, material, etc ...).
Pues, en el caso de que no somos de acuerdo sobre tal o tal inversión, ¿qué pasa?
¿Hay una manera o herramientas jurídicas que permiten atribuir un poder de decisión igual independientamente del "peso accionarial"?
De toda forma necesitare pronto un recurso jurídico para ayudarme a modificar y ampliar las cluasulas de ese contrato.
Muchas gracias por su atención y aclararme sobre ese punto y las consecuencias que puede tener a largo plazo.
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Respuesta de dorondon
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