¡Urgente! Separación de socios

Hola me llamo pilar y tengo desde hace casi 3 años un centro de terapias nat. Y estética con mi socia, no hemos formado sociedad, somos autónomas, el caso es que el negocio no va bien, intentamos traspasarlo pero no ha sido posible y ella quiere marcharse y yo no, y no se que es lo que debo darle de indemnización es decir de lo que ella invirtió en la obra, instalaciones, mobiliario, publicista (logo) y también cual es su responsabilidad porque me ha dado 2 meses para irse pero yo tengo que buscar a alguien para poder mantener el negocio, no se si hay un tiempo legal para esto.
Agradezco mucho su ayuda
Pilar

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Al no haber formado sociedad jurídica alguna entre las dos, y ser ambas autónomas, se considera que sois empresas individuales separadas. Si fuerais sociedad, y una de las dos os fuerais, se haría lo siguiente:
Ver que activos y beneficios de otros años habéis logrado desde que montasteis la empresa, y a eso restarle las deudas que tuvierais aún pendientes. El resultado es el valor que os repartíriais entre vosotras en proporción a lo que aportáisteis a la empresa para crearla.
Por lo que, siendo empresarias individuales, lo más lógico es que calculaseis ese resultado, y tu socia recibiera su parte, es decir, la mitad de la cantidad (en el caso de que las dos aportaseis lo mismo al negocio).
Ella te ha avisado con más de un mes de antelación, por lo que ha actuado bien, dentro de la legalidad.
Hola, gracias por la respuesta. Necesito aclarar a que se refiere con los activos, no se que es, tal vez se refiere al mobiliario, ¿a la obra e instalaciones que tuvimos que hacer para abrir? Si es así que porcentaje se ha de contar porque no vale ahora lo mismo que hace 3 años. De los beneficios no hay nada porque nosotras hemos tenido los gastos a medias pero los ingresos del trabajo se los queda cada una lo que hace.
Muchísimas gracias
Pilar
Los activos son los elementos que se tiene en una empresa para desarrollar la actividad de la misma y cuya utilización se prolonga durante más de un año. Entrarían en este grupo elementos como: vehículos de transporte, edificios, terrenos, mobiliario, herramientas o utillaje, equipos informáticos, etc.
La mejor forma de valorar estos activos para el reparto es a precio de mercado, es decir, ver el valor que recibíais por los mismos si lo vendieseis en este momento.
Otra forma es determinando el importe de todo lo que os gastasteis cada año y capitalizándolo al año presente, según el IPC que ha transcurrido desde que tuvisteis el gasto hasta ahora.

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