Baja por accidente no laboral

Hola, soy autónomo y pago mensualmente el mínimo. He tenido un accidente de moto, y llevo de baja 15 días. Quisiera saber si se cobra algo por los días de baja.

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Enfermedad común.
Todos los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de Autónomos, del Régimen Especial Agrario y del Especial del Mar recibirán las prestaciones de la Seguridad Social a partir del cuarto día, tal y como se presenta en el Régimen general. Esta es, sin duda, la medida que mayor acogida ha tenido entre este grupo de trabajadores por el salto que supone respecto a la regulación vigente hasta hace pocos días, en virtud de la cual recibían la prestación a partir de decimoquinto día de baja. La cuantía de la prestación será del 60% de la base reguladora desde el cuarto hasta el vigésimo día de baja y, desde ese mismo día hasta el alta será del 75%.

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