No hay forma de hacer lo que sugiere o pretende ya que la comunidad de bienes es un contrato cerrado entre las partes que componen inicialmente esa comunidad y por tanto para dar entrada a un nuevo comunero es necesario disolver la primera para proceder a crear una nueva comunidad con un nuevo contrato.
Por otro lado, antes de comprar la parte correspondiente debes solicitar que la comunidad de bienes realice una auditoría de bienes, derechos y obligaciones, que liquide las obligaciones mediante la venta de los bienes y la capitalización de los derechos. Esa sería la forma lógica aunque también podrán llegar a otros pactos dentro del contrato de nueva comunidad de bienes que se cree llegando a acuerdos con el socio saliente para no desestabilizar la empresa debiendo liquidar.
En este caso, debería pedir la cuenta de pérdidas y ganancias + el balance de situación de la empresa, así como una relación de los bienes de inversión (inmovilizado) con su precio actual de mercado y el estado de amortización en el que se encuentran. Esos datos debería disponerlos del último ejercicio cerrado más del ejercicio en curso. Tenga en cuenta que estos datos no están a disposición del público por cuanto las comunidades de bienes no tienen obligatoriedad de presentar los libros al registro mercantil.
Importante también que le indiquen (ya que puede ver las cantidades pero no su distribución a lo largo del tiempo) de los préstamos que puedan tener con entidades de crédito, el estado de amortización y si existen deudas o letras impagadas.
De todos modos no debe de preocuparle excesivamente toda vez que la comunidad de bienes que van a crear es nueva y que vd., no adquiere responsabilidad sobre la gestión de la comunidad previa.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
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