Capitalizar Paro Sociedad laboral
Me gustaría exponer mi caso y realizar una pregunta concreta, agradeciendo de antemano su atención.
Con un amigo, vamos a crear una Sociedad Limitada Laboral. Los dos estamos cobrando el paro y de esta forma podemos acceder al pago único para capitalizarlo en la empresa. Para cumplir con los requisitos legales, esta empresa tendrá 4 socios:
- Dos trabajadores con un 33,3% cada uno (mi amigo y yo)
- Dos capitalistas con un 16,6% cada uno (nuestras mujeres)
Hemos preguntado en varios sitios (emprendedores Madrid, Ventanilla única, Servicio Regional del empleo) para ver cómo capitalizar este paro. ¿Si todo entra como capital social de la empresa (20.000? De mi amigo, 20.000 míos y 20.000 de nuestras dos mujeres) tendríamos varios inconvenientes:
- Capital social muy alto, que puede provocar que en poco tiempo, si las cosas no van del todo bien, que lleguemos a fondos propios del 50% del capital social (¿30.000?) Y nos veamos obligados a una reducción de capital.
- ¿Obligamos a nuestras parejas a invertir 10.000? Cada una
- Los costes de escrituras, etc, se disparan (son un % del capital social)
En esos sitios donde hemos preguntado les planteamos si es posible capitalizar el paro parte como capital social y parte como prima de emisión, ¿dejando un capital social de 3000? (Lo obligatorio) y el resto como prima de emisión, de manera que:
- ¿Mi amigo aporte 20.000? Del paro, ¿1000? ¿Cómo capital social y 19.000? Como prima de emisión
- Yo exactamente igual
- ¿Mi mujer 500? Para quedarse con una participación del 16,6%
- La mujer de mi amigo, ídem
En ningún sitio nos han sabido contestar con seguridad y, ante la duda, nos dicen que todo como capital social.
¿Alguien podría pronunciarse al respecto?
Con un amigo, vamos a crear una Sociedad Limitada Laboral. Los dos estamos cobrando el paro y de esta forma podemos acceder al pago único para capitalizarlo en la empresa. Para cumplir con los requisitos legales, esta empresa tendrá 4 socios:
- Dos trabajadores con un 33,3% cada uno (mi amigo y yo)
- Dos capitalistas con un 16,6% cada uno (nuestras mujeres)
Hemos preguntado en varios sitios (emprendedores Madrid, Ventanilla única, Servicio Regional del empleo) para ver cómo capitalizar este paro. ¿Si todo entra como capital social de la empresa (20.000? De mi amigo, 20.000 míos y 20.000 de nuestras dos mujeres) tendríamos varios inconvenientes:
- Capital social muy alto, que puede provocar que en poco tiempo, si las cosas no van del todo bien, que lleguemos a fondos propios del 50% del capital social (¿30.000?) Y nos veamos obligados a una reducción de capital.
- ¿Obligamos a nuestras parejas a invertir 10.000? Cada una
- Los costes de escrituras, etc, se disparan (son un % del capital social)
En esos sitios donde hemos preguntado les planteamos si es posible capitalizar el paro parte como capital social y parte como prima de emisión, ¿dejando un capital social de 3000? (Lo obligatorio) y el resto como prima de emisión, de manera que:
- ¿Mi amigo aporte 20.000? Del paro, ¿1000? ¿Cómo capital social y 19.000? Como prima de emisión
- Yo exactamente igual
- ¿Mi mujer 500? Para quedarse con una participación del 16,6%
- La mujer de mi amigo, ídem
En ningún sitio nos han sabido contestar con seguridad y, ante la duda, nos dicen que todo como capital social.
¿Alguien podría pronunciarse al respecto?
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