Sueldo Administrador S.L

Buenos días:
Necesitamos pagar al Administrador de la Sociedad Limitada una cantidad periódica en concepto trabajo extra ( comercial, etc.) es Autónomo ya que posee mayoría de participaciones, ¿debe la Sociedad realizar retenciones sobre estos pagos.? (Doy por hecho que hay que reflejarlo en los estatuos de la Sociedad para poder deducirme estos Gastos)
Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Hay que distinguir si el sueldo es por el mero echo de ser administrador (en cuyo caso hay que reflejar en los estatutos que no es un cargo gratuito) o bien como socio trabajador, aparte de que sea administrador. Este último caso es el más frecuente, y lo habitual es hacer una nómina en la que se practica renteción de IRPF y se ingresa trimestralmente a la AEAT, al único objeto de que no le peguen un palo en la RENTA cuando haga la declaración, ya que hay que consignar los importes recibidos como rendimientos del trabajo.
saludos,
www.crearnegocio.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas