Prestación por desempleo Administrador SL

Espero que me puedan ayudar o aconsejar:
Llevo algo más de 5 años trabajando por cuenta ajena a jornada completa, y desde hace 6 meses cree mi propia empresa, una sociedad limitada unipersonal, de la que soy administrador único y por la que me encuentro dado de alto en el régimen de autónomos cotizando mensualmente.
La empresa para la que trabajo por cuenta ajena no se encuentra en buena situación económica, y me temo que puede ser muy probable que mi puesto peligre en un corto espacio de tiempo.
El caso es que entiendo que por estar dado de alta como autónomo y ser administrador de una sociedad no podré percibir la prestación por desempleo, la cual me será totalmente necesaria ya que la empresa que cree es simplemente es una ayuda y no podría subsisitir unicamente con la misma.
Me gustaría saber que debería hacer para poder cobrar el paro, y si hay alguna posibilidad de no tener que deshacerme de mi sociedad, ya que tengo alguna persona de confianza que estaría dispuesta a realizar las labores de gerencia de la misma (se trata de una empresa comercializadora, por lo puede ser perfectamente una labor complementaria al trabajo habitual). ¿Podría seguir siendo de alguna manera administrador de la sociedad y poner alguna persona a cargo de la empresa la cual cotice como autónoma y yo poder percibir la prestación por desempleo? ¿Qué opciones tengo? ¿Buscar algún socio?

1 respuesta

Respuesta
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Lo has cogido a tiempo. Debes acudir inmediatamente al notario, cesar como administrador y nombrar a tu hombre de paja. Luego ve a TGSS y date de baja en el RETA, teniendo en cuenta que será efectiva el último día del mes.
Si el despido en la empresa por cuenta ajena es posterior no tendrás problema para cobrar la prestación.
Gracias por la respuesta.
El caso es que me gustaría saber si tengo alguna opción de seguir "figurando" en la empresa de alguna forma y seguir siendo el responsable (fiscalmente) de la misma, ya que aunque tengo esa persona de confianza estará reticente a ser el único responsable.
Tu ejerces el poder efectivo y puedes nombrar y quitar al administrador cuando desees, pero la responsabilidad por mala gestión ante la admon y terceros corresponde al administrador. No tiene solución.
Dos últimas cuestiones:
1. ¿Se le puede nombrar administrador único por un tiempo concreto? ¿Habría qué hacer algún tipo de contrato para que tenga una duración determinada?
2. ¿Puede haber algún problema si la persona que nombre como administrador tenga su residencia habitual (y esté empadronado) en otra comunidad autónoma diferente a la sede social de la empresa?
Saludos y Gracias por responder tan rápido
La duración en el cargo puede ser por un tiempo determinado, lo que se estipulará en la escritura de nombramiento. El contrato es mercantil de alta dirección, no laboral. Te lo tendrá que redactar una asesoría.
Respecto al domicilio no habrá ningún problema en absoluto.

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