¿Régimen cotización SS adecuado administrador SL?

Soy administrador único de una sociedad limitada desde hace unos años y ocupo el cargo renumerado de gerente de la misma. Mis socios, que son 8, no están en activo y yo soy el único que aporta su trabajo a la sociedad. Mis asesores, en su momento, me dijeron que mi régimen de cotización debía ser en el general pero sin cotización a desempleo ni Fogasa.
Te querría preguntar dos cosas:
1º Si el régimen de cotización en el que estoy es el adecuado o si podría estar en otro en el que, ante la posibilidad de cierre de la empresa, por lo menos pudiera cobrar del paro.
2º Dado que, antes de entrar en la sociedad y ocupar el cargo actual, coticé durante 18 años en el régimen general como trabajador por cuenta ajena, ¿habría alguna manera de cobrar el paro que me correspondía sin dejar de ser administrador de la empresa?
Gracias por tu ayuda y si necesitaras más aclaraciones, te las iré explicando conforme lo necesites

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No hay posibilidad de prestación por desempleo en tu caso salvo que en los próximos meses se apruebe que en régimen de autónomos se pueda disponer de prestación por desempleo (aunque habrá que esperar a que se apruebe la propuesta de ley).
No, siendo administrador deberás estar dado de alta en un régimen u otro. Por tanto, no tienes forma de cobrar el dinero de la prestación.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]
Gracias por la respuesta, doy por hecho que he perdido mis derechos sobre prestación por desempleo de los 18 años que coticé en régimen general por ser trabajador por cuenta ajena.
Entonces, por lo que entiendo de tu respuesta, ¿quieres decir que las dos opciones de cotización que tengo como administrador es autónomo o tal y como estoy ahora en régimen general pero sin cotización a Fogasa y desempleo? Actualmente cotizo en esta última opción con la base máxima, ¿me interesa más esta que como autónomo? ¿Yo no podría estar en régimen general como trabajador por cuenta ajena aunque fuera administrador? ¿No podría hacerse algún arreglo?
Gracias
Entiendo que no se han perdido de hecho tendrías que trabajar por cuenta ajena para poder cobrar la prestación que te correspondiera por el tiempo cotizado con el límite máximo que establece la ley en estos momentos que si no estoy equivocado es de 24 meses de cobro de la prestación por desempleo.
El problema en este caso es el supuesto de incompatibilidad existente al pertenecer como socio a una empresa en la que posee menos del 20% del capital social y en la que además participa como accionista de la empresa. Habría que ver si en algún caso (habría que estudiar la ley de tesorería de la seguridad social) para ver si existe la posibilidad que con su % de participación en la mercantil puede cotizar inclusive el Fogasa y desempleo. En principio le pueden alegar que es una situación de incompatibilidad debido a que no sería usual que como administrador de la sociedad pudiera vd., "arreglarse" el paro a vd., mismo., y que podría dar lugar a bajas fraudulentas. De todos modos desconozco su nivel de participación en la sociedad.
El trabajar por cuenta ajena para otra empresa no lo contemplo porque no sería ni práctico ni ético, creo, siendo como soy el administrador único de la empresa y no puedo delegar ese cargo en nadie.
El régimen de cotización ya sería otro cantar, mi participación en la sociedad es del 19,81%.
Gracias.
Con ese nivel de participación está claro ya que formalmente implica casi el control de la sociedad (se considera que el control de la sociedad se da cuando se excede del 20% de participación social) por tanto entiendo que su situación (tal como le ha venido asesorando su gestoría) es la correcta y que por el momento no hay mucho que hacer.
Por otro lado, entiendo que la mejor opción para evitar cualquier miedo futuro respecto de posibles prestaciones por desempleo es evitar a toda costa esa posibilidad. Les sugiero que inviertan en gestión y en auditoría de gestión para asegurar que la empresa lleva un rumbo correcto, que está al 100% de sus posibilidades de rendimiento y que por otro lado está llevando unos progresos de crecimiento y de evolución correctos. Ese tipo de auditorías implican la realización de planes trienales, quinquenales y aún superiores de desarrollo y diversificación de negocio. Es una forma de reactualizar los planes de empresa y los estudios de viabilidad que permiten que los negocios se revitalicen.
Siempre que un negocio entra en crisis adolece de mala gestión o de una gestión que no dispone de los recursos técnicos adecuados para ejercer su actividad (falta de formación, empresa familiar, falta de re-educación en base a nuevas técnicas, falta de recursos humanos y de talento en la empresa, etc.). Es preferible gastar tiempo en esto que en pensar en las opciones que tendría de percibir el paro.
Por otro lado, como le dije es posible (diría que probable) que se apliquen cambios a la ley de la seguridad social en cuanto al régimen de cotización de trabajadores autónomos haciendo que estos puedan cotizar para garantizar el cobro de un subsidio por desempleo (hasta 1.200 eur por un plazo de seis meses si no estoy equivocado). Esa podría ser una opción, cambiar de régimen general a régimen de autónomo en su puesto de administrador de la sociedad.
Muchas gracias, esta última respuesta ha sido de gran utilidad para quedarme tranquilo, ya que tenía dudas de si se me estaba asesorando bien, tendré en cuenta y estaré atento, no obstante, a lo que ocurra con la nueva ley de autónomos.
Tiene mucha razón en lo que me recomienda y le puedo asegurar que, para mí, lo más importante es la supervivencia de la empresa, eso es lo mejor, lógicamente, y estoy con usted en que sería necesario un estudio de la viabilidad de la misma y sus planes de futuro, pero creo que las pequeñas empresas, al menos en mi caso, estamos faltos de liquidez y bastante tenemos con tener dinero cada mes para pagar nóminas, seguros sociales, suministros, proveedores y deuda bancaria, como para afrontar un desembolso en pagar dichos estudios, porque un asesoramiento de ese tipo, por lógica, debe ser bastante caro.
Sin más, le repito mi agradecimiento.

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