Creación de una empresa

Tengo un local de 140 metros cuadrados totalmente preparado para montar una academia o una empresa de cualquier cosa, aparte de la de darme de alta como autónomo, pedir permiso al ayuntamiento para montar el negocio que imagino que te lo dan sin problema ninguno, teniendo el proyecto seguridad del local y de salida de incendios y todo eso hechos y firmados por un arquitecto) y guardar durante 5 años mis facturas en mis archivos, ¿necesito algo más?
¿Cómo por ejemplo ir a la notaria y montar una S.L (con 3000 Euros de fondo que creo que te obligan a poner aunque al día siguiente los puedes sacar sin problema) o no necesitaría montar una S.L, C.B, . Y únicamente pagando mi autónomo y mi IRPF correspondiente a hacienda ya me vale? Como suelen hacer las tienditas pequeñas de ropa, talleres y así..( porque si quisiera montar una empresa de transportes por ejemplo en vez de una academia estaría obligado a hacer una S.l, C.B, ¿o algo de eso)?
Y aparte de eso si soy yo el único trabajador por ejemplo o contratara a otra persona como autónoma también, no tendría que pagar a la seguridad social (cada uno pagaría su IRPF correspondiente y su autónomo), tampoco pagaría el impuesto de actividades económicas ya que no me pasaría del millón de euros de facturación, pero del impuesto de sociedades también estaría exento de pagarlo ( sino tengo obligación de hacer una sociedad limitada) o este si que me tocaría pagarlo el 35% si tuviera una ganancia neta del año de 10.000 Euros por ejemplo aunque fuera un tallercito, ¿academia o lo que fuera pero aun sin ser una sociedad limitada o sociedad anónima..? Y si me obligan al montar la empresa a hacerme algo de esto y me decido por una comunidad de bienes (C.B) estaría exento de ese 35% de impuesto de sociedades (ya que no seria una sociedad sino una comunidad) o tampoco me libro ¿?

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Cuanto cúmulo de ideas, veo que has investigado / estudiado bastantes las maneras de negocio que puedes tener. Voy a intentar explicarte las distintas maneras que me propones y más manejo (la comunidad de bienes no es mi punto fuerte pero intentaré decirte algo al respecto), luego te daré, si te parece bien, un pequeño consejo personal y, a ver si te puedo ayudar a resolver tu pregunta.
Autónomo: Para ser autónomo, debes darte de alta con la declaración censal, en el IAE (Impuesto de actividades económicas que por supuesto no pagarás, como bien indicas, si no facturas más de 1.000.000 de euros, puedes darte de alta en tantas IAE como quieras, por eso te recomendaría que cogieses una IAE muy genérica para abarcar el mayor número de actividades), luego deberías darte de alta en el grupo del RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos) de la seguridad social, en el cual pagarás 250 ?/mes y listo!. Único requisito, trimestralmente debes declarar tus ingresos y gastos y pagar tus impuestos por los beneficios (creo que es optativo ya que puedes declararlo anualmente, esto deberías preguntarlo), pagar el IVA y poquito más. Ya eres un autónomo listo para funcionar.
Sociedad limitada: Debes hacer muchísimas más cosas para registrarte (Declaración censal, escrituras con notaria, normas de la empresa, IAE, seguridad social, ¿ingresar 3005,06? A nombre de la empresa, verificar que el nombre de la empresa no existe y registrarla en el registro mercantil, etc). Los trámites son mucho más costosos (hay asesorías que te lo montan y te cobrarán según el capital social que inviertas). Ten en cuenta que el notario cobra un 1% de tu capital social por hacerte las escrituras y es ObLIGATORIO validarlo ante notario. Todo esto puede llevarte un tiempo pero, a la larga, tienes más beneficios fiscales que es lo que interesa, ¿no?. Por cierto, el dinero no lo pierdes, ¿simplemente llevas una copia del banco donde indique que la empresa POR S.L. dispone de un fondo de 3005,06?. Al minuto después de llevarlo al notario, ya lo puedes retirar, eso no tiene ningún problema.
Luego, debes pagar el impuesto sobre sociedades del 35% (dependiendo que sociedad limitada montes, es un porcentaje u otro, mirate esto bien porque existen sociedades limitadas, sociedades limitadas unipersonales, soc. lim. Reducida dimensiones, etc. Hay muchos tipos y cada una tiene sus ventajas y sus inconvenientes).
PD: si eres el administrador único de la sociedad, además, debes de darte de alta como autónomo para gestionarla.
Comunidad de bienes: te dejo el siguiente enlace para que te informes a grandes rasgos. http://www.microsoft.com/business/smb/es-es/emprendedores/emprender/comunidad_bienes.mspx , pero es imprescindible que la formes con una tercera persona como mínimo.
Licencias: En todos los casos debes pedírselas al ayuntamiento, tanto de apertura del negocio como de las reformas oportunas si hubiese que hacerlas. En principio no ponen problemas, pero quien sabe!.
Personal: De cualquiera de las maneras (siendo autónomo, comunidad de bienes o sociedad limitada) puedes hacer dos cosas:
1.- Contratar a tu propio personal teniendo que pagarles el IRPF, seg. Social, etc etc.
2.- Contar con autónomos. Ellos se hacen autónomos, te pasan una factura (normalmente deberás pagarles por comisiones porque sino no te van a trabajar bien), tu se la pagas y listo. De lo demás se ocupa el propio autónomo.
Consejo: Primero, define correctamente tu negocio que no lo tienes claro. Una academia conlleva muchas ventajas INFORMATE DE ELLAS!. Cuando lo tengas claro, teniendo en cuenta ubicación del local, demanda de la zona, etc, entonces, dependiendo del negocio te aconsejaría que te hiciese autónomo para empezar con el negocio porque es más sencillo pero conlleva sus riesgos. Incluso, no sé si lo sabes, ¿pero antes de hacerte autónomo puedes trabajar y facturar hasta un máximo de 3000? / Anuales al no tratarse de un negocio habitual. Cuando factures más asiduamente, hazte autónomo. A continuación, si las cosas te van bien, hazte una sociedad limitada. Igualmente, si ves que el negocio es bueno, grande y merece realmente la pena, monta la sociedad limitada directamente, pero ten en cuenta lo que te he dicho.
Espero haberte ayudado y, si necesitases algún estudio de mercado, del local, planes de marketing, selección de personal u otras acciones de la empresa, te puedo hacer un presupuesto y realizártelo.
No te olvides de puntuar y si tienes alguna duda puntual, preguntala ^^
Saludos,
Daniel Puebla
[email protected]
Vamos que dándome de alta de autónomo ( ¿teniendo en cuenta el pagar la cuota mensual que por cierto es una cuota fija todos los meses?, entregando trimestralmente los gastos y beneficios de mi actividad ( pagando impuestos del beneficio obtenido, ¿qué por cierto porcentaje del beneficio neto se llevarían?)... ¿No podría subirme mi nomina de 850 euros/mes y pagar 250 euros de autónomo a pasar si doy más clases a una nomina de 1900 euros mes por ejemplo y pagar 500 euros de autónomo aproximado que seria en este caso y así cobrarlo en mi nomina parte del beneficio obtenido... o las cuotas de autónomo son fijas todo el año? Y por tanto seguiría con los 850 al mes y 250 euros de autónomos de la vez que me di de alta en la seguridad social y los ingresos obtenidos de más por haber dado más clases ese mes por ejemplo el mes de mayo y junio,... ¿irían a caja como beneficio obtendio y después pagaría sus correspondientes impuestos? No se si me he explico bien cual seria el movimiento que me gustaría hacer para pagar menos impuestos,...
¿Por otro lado el darse e alta en el AIE no cobran nada no? Porque hoy en día cobran hasta por respirar... y después como no pasaría del 1 millón no tendría mayor problema de estar hay registrada.
Del IVA estaia exenta por ser clases particulares de enseñanza.
Y como ultimo punto y agradeciéndotelo muchísimo todo tu tiempo dedicado a mi persona, si tu fueras yo y teniendo en cuenta que facturaría unos 3000 euros/mes.....5000 Euros/mes a lo sumo no me compensa nada el hacer una S.L verdad y de esta manera solo dándome de alta como autónoma ya me vale y ahorraría unos gastos bastante notorios teniendo en cuenta el volumen de mi empresa "pequeña empresa"
Muchas gracias por todo de antemano
Veo que tienes muy claro montar una acadamia en tu local, pero mi primera pregunta (antes de responderte a tus dudas) ¿Has ojeado el mercado? ¿Realmente sabes que vas a cobrar 3000 euros al mes? (Ojalá sea así pero el primer año suele ser muy difícil, te lo digo porque realicé un proyecto para montar una academia de diseño de videojuegos y mi punto muerto eran 8 alumnos y son muy difíciles de conseguir. De hecho, el primer año conseguir 7 alumnos es todo un éxito). Otra cosa es que las clases sean de algo único y tengas los alumnos de antemano.
Ahora, contestaré tus preguntas. Siendo autónomo, da igual lo que cobres, sólo pagaras los 250?/mes. La única manera que hay para pagar más es contratando un mejor seguro para cuando te des de baja. Pero vamos, la idea del autónomo es currar aún con la cabeza abierta para ganar dinero, no tiene sentido. El mínimo son 250 ?/mes y es una cuota fija, es independiente de lo que cobres.
En cuanto a los porcentajes Gastos / ingresos, los desconozco, pero cuando vayas a darte de alta como autónomo lo puedes preguntar y deberían informarte sobre el tema. Y siempre tienes que pagar tus impuestos en relación a tus beneficios. También decirte, que siendo autónomo, todo lo que hagas en tu negocio repercutirá en tu declaración de la renta personal, tenlo en cuenta. Si te va bien, pagarás más, si te va mal, te devolverán más dinero. Ten en cuenta que montarías la empresa como persona física y no jurídica.
Lo de la sociedad limitada, pufff, es un poco complejo. Ten en cuenta que las sociedades te ofrecen unos beneficios que no te dan los autónomos:
- Si el negocio va mal sin ser negligencia tuya, no pueden quitarte tus bienes personales. No puedes usar la empresa para temas personales (salvo que no se pueda demostrar, esta parte no se puede enseñar :P)
- Tienes más ventajas fiscales. Puedes declarar unos gastos en un año y otros en otro año, al igual que los ingresos, puedes llevar a reservas beneficios para pagar menos impuestos, etc. Son trucos que aprenderás con el tiempo.
¿Qué debes montar?, difícil cuestión, según tu volumen de negocio y del tiempo de trámite que quieras dedicarte al montar la sociedad.
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No, la forma constitutiva puede elegirla vd., no existe obligatoriedad alguna de constituir una sociedad. La elección debe basarse en criterios empíricos basados en cuestiones de índole fiscal y de índole de responsabilidad frente a terceros.
Por otro lado, sus preguntas están absolutamente embarulladas y carecen en mucho caso de los conocimientos suficientes.
Respecto a los impuestos dependerán siempre de varios aspectos - la fiscalidad de las mercantiles, sociedades civiles, autónomos, comunidades de bienes, cooperativas, etc..., son distintos entre sí. Así mismo, como autónomo y dependiendo del epígrafe de la actividad podrá optar por diferentes formas de tributación, estimación directa, objetiva, etc... cosa que afecta al tipo impositivo al que deberá hacer frente así como a las declaraciones de IVA.
El IAE tiene que declararlo pero efectivamente no deberá devengar cantidades en virtud del mismo por cuanto por el volumen de facturación que dispondrá no será obligatorio el pago de cantidad alguna.
Respecto al IS (Impuesto de Sociedades) sepa que existen tramos distintos de tributación que van del 25% al 35% (incluso las SICAV sólo tributan el 1% por este concepto). Es un impuesto complejo con una ley muy extensa plagada de apreciaciones y sectorialización. No obstante, quédese con la idea que el impuesto de sociedades sólo grava a las sociedades mercantiles, no a las sociedades civiles y a las comunidades de bienes que si bien a efectos de iva tributan como sociedad a efectos de impuesto sobre beneficios tributan por IRPF en atribución de rentas por parte de cada uno de los socios personalmente.
Sí, como le manifestaba anteriormente las comunidades de bienes no tributan por IS sino por IRPF de cada uno de los socios comuneros en la modalidad de atribución de rentas.
Le sugiero que contrate asesoría profesionalizada.
No está obligado en ningún caso a una forma constitutiva concreta como le indicaba inicialmente.
Respecto a la contratación de terceros autónomos dependerá ya que en este caso se encontraría en un caso de subcontratación y habría que contemplar si es legalmente aceptable o si por el contrario la prestación de esta persona debe encuadrarse obligatoriamente dentro del ámbito del régimen general y de personal contratado en ese régimen con cualquiera de los contratos admitidos en derecho.
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En realidad tu tema es más aya de una descripción por palabras, por otro lado, ¿De qué país sos? Te recuerdo que las leyes de cada país son muy distintas.

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