¿Pueden embargar la cuenta de la empresa?

Buenos días,
me gustaría que me ayudaran a resolver una duda que tengo respecto al embargo de la cuenta corriente de la empresa que he creado junto con otros 2 socios.
Mi caso es que al crear la empresa como es lo habitual, hemos abierto la cuenta corriente para depositar el capital social, el problema que se me ha planteado ahora es que uno de los socios tiene deudas personales y necesito saber si a los que debe dinero, podrían embargar también esta cuenta y si es así ¿qué podríamos hacer para que no la embargaran? Porque por lo que tengo entendido, al ser socio fundador tiene que ser también titular de la cuenta en la que se deposita el capital. Muchas gracias y espero que me puedan ayudar. Un saludo
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Por de pronto, la cuenta que se constituye se hace a nombre de la sociedad en constitución y por tanto no le corresponde a vds., individualmente sino a un ente con personalidad jurídica propia, la mercantil en constitución. Por tanto, esas cantidades que constituyen el capital no pueden ser embargados. No obstante, si el socio aparece como trabajador, percibe salarios o si la empresa realiza reparto de dividendos es posible que reciba el documento judicial de practicar los embargos correspondientes a esas transacciones económicas que deberá ser realizado obligatoriamente bajo pena de hacer extensible la deuda de forma solidaria a la mercantil.

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