Licencia de apertura copistería-papelería

Tengo previsto montar un pequeño negocio de copistería (copias, impresión de documentos, plastificados, encuadernaciones y fax público) y papelería (venta de material de papelería). A efectos de solicitud de licencia de apertura, ¿bastaría con indicar solo copistería y papelería en la solicitud o debería incluir el resto de actividades antes mencionadas? Por otro lado, ¿qué tasa me correspondería pagar?, ¿La correspondiente a copistería o la correspondiente a papelería?, ¿Cómo catalogarán mi negocio?

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Para poder solicitar la licencia deberá tener dada de alta la actividad económica y en ella deberá declarar todos los epígrafes relativos a las actividades que desarrolla verdaderamente en el local o de lo contrario podrían precintar el negocio en caso de que no se declarara una de las actividades realizadas.
Respecto de la tasa - este tipo de impuesto (licencia de actividad) es de índole municipal y por tanto no está estandarizado de forma nacional. El único modo de conocerlo es haciendo la pregunta a los servicios técnicos del municipio ( o coincidir con un experto del municipio que conozca las tasas). Probablemente, al no existir residuos directos la tasa sea la misma para ambas actividades aunque eso también depende del ayuntamiento y de sus ordenanzas municipales.

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